lunes, 26 de enero de 2009

Diccionario Jurídico del Alquiler - Autonomía de la voluntad

Autonomía de la voluntad: (Civil) Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público.
Artículo 1.255 del Código Civil

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