tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post2894067037623562341..comments2024-02-20T09:44:08.830+01:00Comments on Pedro Hernández del Olmo, Abogado: IRPF: ADQUISICIÓN VIVIENDAPedro Hernández del Olmo, Abogadohttp://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comBlogger14125tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-10095556808701444362010-05-11T10:38:34.751+02:002010-05-11T10:38:34.751+02:00A macarena: Lo d el ahipoteca es un dato que desco...A macarena: Lo d el ahipoteca es un dato que desconocía le sugiero que lo tratemos directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-19554266195231674582010-05-11T10:25:05.805+02:002010-05-11T10:25:05.805+02:00he hablado con usted, por medio de todo expertos y...he hablado con usted, por medio de todo expertos y me surgen algunas duda. Usted me dijo que si mi suegra compro un piso antes de casarse y no dejo testamento, ese piso corresponde a sus 2 hijos y al padre no le corresponde nada ¿y si la hipoteca duro 10 años?macarenanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-84010365671141571732009-08-14T11:53:44.358+02:002009-08-14T11:53:44.358+02:00A Alex: Considero que su pregunta execede de los l...A Alex: Considero que su pregunta execede de los límites de este ámbito, por razón de su complejidad y de su indudable caráctre reservado.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-4541805224905460182009-08-11T16:21:29.699+02:002009-08-11T16:21:29.699+02:00Buenas tardes, me podrian resolver una duda en una...Buenas tardes, me podrian resolver una duda en una extinción de condominio?<br />Mi pareja y yo compramos un inmuble por 240000€ al 40-60% (por la aportación inicial que pusimos de 12000€ y yo de 72000€(aunque sabiamos que no era un 40/60), con lo que solo se pidieron 180000€ de hipoteca, ), ahora estamos realizando un extinción de condominio. La parte que le doy por la adquisición de su 40% es la aportacion inicial,sus 12000€, cuanto debemos pagar por hacer la nueva escritura a hacienda al hacer la declaración el año que viene? lo consideran una donacion al darle solo los 12000€ cuando su parte del piso consta como un valor de 96000€? Gracias de antemanoUnknownhttps://www.blogger.com/profile/01373425791235363428noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-78338116054802765112009-08-11T16:20:57.301+02:002009-08-11T16:20:57.301+02:00Buenas tardes, me podrian resolver una duda en una...Buenas tardes, me podrian resolver una duda en una extinción de condominio?<br />Mi pareja y yo compramos un inmuble por 240000€ al 40-60% (por la aportación inicial que pusimos de 12000€ y yo de 72000€(aunque sabiamos que no era un 40/60), con lo que solo se pidieron 180000€ de hipoteca, ), ahora estamos realizando un extinción de condominio. La parte que le doy por la adquisición de su 40% es la aportacion inicial,sus 12000€, cuanto debemos pagar por hacer la nueva escritura a hacienda al hacer la declaración el año que viene? lo consideran una donacion al darle solo los 12000€ cuando su parte del piso consta como un valor de 96000€? Gracias de antemanoUnknownhttps://www.blogger.com/profile/01373425791235363428noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-56522737332878168882009-05-27T19:46:08.049+02:002009-05-27T19:46:08.049+02:00Hola
Traslado mi pregunta de todoexpertos a su blo...Hola<br />Traslado mi pregunta de todoexpertos a su blog, en cualquier caso gracias de antemano por su respuesta<br /><br />Mi mujer y yo desgravamos en 2008 una cantidad entregada al promotor en 2007 por la casa que se estaba construyendo en ese momento (uno de varios pagos que tuvimos que hacer antes de la escriturar). Esta cantidad la obtuvimos a través de un préstamo presonal (no hipotecario). No declaramos nada en relacion con el prestamo en sí - en el borrador las deducciones aparecen en las casillas 782-783 y 700-701. Este prestamo lo seguimos manteniendo en actualidad y no hemos intentado volver a desgravar nada en relación con la cantidad entregada al promotor, pero me están entrando dudas, si lo hicimos bién o no, si se podía desgravar asi teniendo en cuenta que la cantidad se obtuvo con financiación ajena (no hipotecaria), y si Hacienda me pediŕa en un futuro que devuelva lo que me han deducido en 2008..<br />Gracias y un saludo, su blog es una verdadera guía para los que tenemos que navegar por el complido mundo de la fiscalidadUnknownhttps://www.blogger.com/profile/04766545023152489233noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-83573222191690583252009-05-14T18:07:00.000+02:002009-05-14T18:07:00.000+02:00De acuerdo. De todos modos, gracias por su respues...De acuerdo. De todos modos, gracias por su respuestaJesusnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-64930533238163530852009-05-14T15:57:00.000+02:002009-05-14T15:57:00.000+02:00A Jesús Considero que los datos que se necesitan s...A Jesús Considero que los datos que se necesitan son confidenciales es decir no apropiados para ser "colgados" en este blog.<br />Estoy a su disposición en el ámbito particularPedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-22885136229697777462009-05-14T14:24:00.000+02:002009-05-14T14:24:00.000+02:00Estimado señor Hernández, ¿qué mas datos necesita?...Estimado señor Hernández, ¿qué mas datos necesita?Jesusnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-75392904391688764812009-05-14T11:39:00.000+02:002009-05-14T11:39:00.000+02:00A Roberto y Jesús tienen que darse cuuenta de la d...A Roberto y Jesús tienen que darse cuuenta de la dificultad y riesgo de error que entraña pronunciarse sobre cuestiones de suyo complicadas y de transcendencia sin tener todos los datos necesarios para contestar correctamente.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-24880982283024848102009-05-14T08:05:00.000+02:002009-05-14T08:05:00.000+02:00Si bien no me ha aclarado la última de las cuestio...Si bien no me ha aclarado la última de las cuestiones, muchas gracias su interés.robertonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-70241975566273149562009-05-14T00:34:00.000+02:002009-05-14T00:34:00.000+02:00Buenas noches y en primer lugar enhorabuena por el...Buenas noches y en primer lugar enhorabuena por el blog.<br /><br />Le planteo una duda. El año pasado mi mujer y yo compramos una 2ª vivienda habitual en junio y nos trasladamos a ella en agosto. <br /><br />La vivienda en la que vivíamos antes la hemos intentado vender pero, con la situación actual, ha sido imposible.<br /><br />En principio, según tengo entendido, en la declaración corresponde mencionar como vivienda habitual en la que vivíamos antes ya que hemos estado allí más tiempo durante el año. Además, se da la circunstancia de que por la nueva vivienda no podríamos desgravar por cuanto todavía no hemos invertido en ella tanto como invertimos (gozando de deducción) en la primera.<br /><br />Con esa situación que le menciono mi duda es si tengo que declarar como renta inmobilitaria imputable alguna de ellas (entiendo que la nueva vivienda no está en esa condición porque nos hemos trasladado a ella y no sí si habría que computar como tal la primera vivienda que teníamos a partir de la fecha en la que nos trasladamos a la segunda vivienda.<br /><br />Muchas graciasJesúsnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-20030290914041220382009-05-13T11:31:00.000+02:002009-05-13T11:31:00.000+02:00Lo depositado en cuenta vivienda ha sido objeto de...Lo depositado en cuenta vivienda ha sido objeto de deducción y por tanto invertido en la compra de la vivienda inicial.<br />En cuanto a la segunda parte del tema planteado hay que tener en cuenta que no se podrá deducir por nueva vivienda hasta que el importe invertido en ella exceda de las cantidades invertidas en la anterior, que hubieran gozado de deducción.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-47348385740548241152009-05-13T08:58:00.000+02:002009-05-13T08:58:00.000+02:00Cuando se adquiere una 2ª vivienda habitual habién...Cuando se adquiere una 2ª vivienda habitual habiéndose deducido por otra anterior, para poderse deducir hay que alcanzar la cantidad por la que ya se dedujo en la anterior. Pero ¿esto incluye lo que se invirtió en su dia en la cuenta vivienda o se refiere solo a lo invertido en la compra de la vivienda? Por otra parte, puede que lo invertido algún año superase el límite de los 9.015 €. En este caso, para poder deducirse ¿hay que alcanzar los 9.015 € o lo relamente invertido aunque no todo, lógicamente, fue base de deducción?<br />Por último, si al comprar esa nueva vivienda habitual, con parte del nuevo préstamo se cancela el de la anterior vivienda, ¿el importe cancelado es deducible ese año?robertonoreply@blogger.com