tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post4725069381392165721..comments2024-02-20T09:44:08.830+01:00Comments on Pedro Hernández del Olmo, Abogado: PROPIEDAD HORIZONTAL: Portero automáticoPedro Hernández del Olmo, Abogadohttp://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-66187196116943183912021-04-26T18:39:02.370+02:002021-04-26T18:39:02.370+02:00Es un problema de prueba, si puede acreditar esos ...Es un problema de prueba, si puede acreditar esos hechos, debería denunciarlos.<br />Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) <br /> Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-57103221898155023642021-04-24T21:18:21.837+02:002021-04-24T21:18:21.837+02:00Que se puede hacer cuando un portero se ve acosado...Que se puede hacer cuando un portero se ve acosado por el hijo de un vecino y pone suciedades por todos lados y le hecha al portero las culpas.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-61879194961771453342015-04-21T17:11:55.972+02:002015-04-21T17:11:55.972+02:00C. Laredo con independencia de que ese acuerdo par...C. Laredo con independencia de que ese acuerdo parece que se ha tomado sin respetar el quórum necesario, hay que considerar previamente que no se pueden tomar acuerdos sobre asuntos que no figuren en el orden del día. Sin embargo habría que saber el tiempo que ha transcurrido por si acaso hubiera caducado la posibilidad de impugnarlo.<br />Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) <br />http://www.pedrohernandezabogado.com/ <br /><br /><br /> Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-51414771578255511802015-04-21T09:17:45.111+02:002015-04-21T09:17:45.111+02:00Buenos días: cuando se refiere a las 3/5 partes de...Buenos días: cuando se refiere a las 3/5 partes de las cuotas de participación, ¿se refiere a los 3/5 del total o de los que aceden a las reuniones?, porque en mi comunidad ha ocurrido algo parecido con el portero automático, pero se contabiliza por los que acuden a la reunión, que en ocasiones no son ni con mucho el 50% porque varios no pueden votar al tener deudas pendientes. Se tomó esa decisión con menos del 40% del total de cuotas porque sumaron a éstos los que no habían ido, aunque este punto ni siquiera figuraba en el orden del día. Tampoco se comunicó para que dieran su opinión después, ya que me parece un tema muy importante. ¿Se puede hacer algo ahora, aunque ha pasado ya bastante tiempo? C. Laredonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-85138057159471752712010-07-24T19:20:04.630+02:002010-07-24T19:20:04.630+02:00Buenas tardes
Muchas gracias por su respuesta, aun...Buenas tardes<br />Muchas gracias por su respuesta, aunque no me ha quedado muy claro un detalle, que agradecería mucho me resolviera: en mi caso, justamente hay 5 propietarios y uno más de local, aunque de esos cinco, de los 3 que quieren poner el ascensor, solo 2 tienen la misma cuota de participación, (eso es exactamente la duda, no se si lo que usted denomina cuota de participación, es lo que yo entiendo según el catastro como coeficiente de participación, que varía según los metros de cada vivienda)y por tanto, sus porcentajes no suman las 3/5 partes del total de 100%, ya que un piso de los que si quieren es mas pequeño que el resto y por ello tiene un coeficiente de participación menor. Igualmente no entiendo si el local comercial tiene el mismo poder de voto y decisión que las viviendas, ya que el local es más grande que los pisos y por tanto, su coeficiente de participación supera el de los pisos, por ello ¿tiene mas peso su decisión? (el local comercial si va a pagar su parte de obras de colocación del ascensor aunque luego no la cuota comunitaria mensual de mantenimiento), ¿según el coeficiente el peso de la decisión es mayor? ¿en caso de que las partes que no quieren sean mayoría de porcentaje el ascensor no se pone sin mas? Muchas gracias y disculpe las molestias.Unknownhttps://www.blogger.com/profile/14578030796320578877noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-43836196246674446702010-07-21T09:35:59.729+02:002010-07-21T09:35:59.729+02:00Puede leer en este mismo blog http://pedrohernande...Puede leer en este mismo blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/06/propiedad-horizontal-juntas-de.html, el quórum necesario para establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, 3/5 partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, por lo tanto si no obtienen ese quórum no deberían iniciar siquiera el estudio de la cuestión para evitar problemas.<br />Si quiere ampliar los datos puede consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-65916600990254995392010-07-20T21:46:02.284+02:002010-07-20T21:46:02.284+02:00Buenas tardes, tengo una duda acerca de mi comunid...Buenas tardes, tengo una duda acerca de mi comunidad de propietarios, sólo somos 5 propietarios de viviendas y 1 propietario de un local comercial en planta calle. Estamos pensando poner ascensor en la finca, que esta catalogada por el ayuntamiento como de interés arquitectónico, y debemos por tanto contar con su aprobación durante el proceso, algo que ya estamos teniendo en cuenta y haciendo en los trámites. Sin embargo, de las 5 viviendas, 3 si estan deacuerdo en poner el ascensor y dos viviendas y local no estan de acuerdo en ponerlo. En este caso, ¿es obligatorio poner el ascensor a pesar de no estar todos los propietarios deacuerdo? y en caso de que sea así, ¿es posible demandar judicialmente a algun propietario que a dia de hoy ya se niega a pagar a la empresa de obra de ascendor la toma de medidas y presupuestos? Espero su respuesta, mcuhas gracias, saludos.Unknownhttps://www.blogger.com/profile/14578030796320578877noreply@blogger.com