tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post5139873753391390051..comments2024-02-20T09:44:08.830+01:00Comments on Pedro Hernández del Olmo, Abogado: ZAPATERO Y LOS ALQUILERESPedro Hernández del Olmo, Abogadohttp://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comBlogger10125tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-41667217097843895372010-05-12T16:45:45.097+02:002010-05-12T16:45:45.097+02:00Buenas tardes:
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo ...Buenas tardes:<br />Mi pregunta es la siguiente:<br />Tengo una vivienda alquilada desde Octubre y solo me han pagado el mes de Octubre, ni fianza (quedaron en pagarla del 1 al 15 del mes), pero nunca la llegaron a pagar. El marido lo han metido a la carcel y la mujer con 4 menores están en la casa, no pagan luz ni agua. Yo firmé un contrato con la corte de arbitraje, (creo que es lo peor que pude hacer) y el 5 de Enero salió el laudo arbitral a mi favor. No solo no han abandonado la vivienda sino que no tienen ningún pensamiento. A día de hoy la empresa Abogalia todavía no ha presentado la demanda en el juzgado, y no se si hablar con un abogado en mi zona y poner aquí la demanda. Es verdad que los juicios son rápidos? Cuánto tiempo se puede tardar en deshauciarlos?. Muchas gracias por su atención. La vivienda está en MurciaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-76227734779424849892009-08-20T18:31:29.804+02:002009-08-20T18:31:29.804+02:00Hola,
leyendo el blog me ha surgido una duda. Supo...Hola,<br />leyendo el blog me ha surgido una duda. Supongamos el caso: un jóven compra una vivienda de protección oficial y pretende alquilar una de las habitaciones que le quedan libres. ¿Se puede alquilar una habitación de una vivienda VPO? y si es así, ¿a qué precio? ¿se puede deducir el propietario algo por el alquiler a jóvenes? <br />Pagas la hipoteca con el alquiler y sigues considerándola como vivienda habitual, por tanto te deduces el pago del piso en el IRPF, a pesar de que te lo están pagando con el alquiler. ¿No sería aprovecharse y sacar beneficio de una VPO? <br />Saludos y enhorabuena por su blog, muy interesante.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-88501942857156706542009-08-19T18:59:05.299+02:002009-08-19T18:59:05.299+02:00Anónimo: Le remito a mis post sobre la convenienci...Anónimo: Le remito a mis post sobre la conveniencia de declarar que atañe al arrendador.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-17362114439931092392009-08-18T15:46:48.867+02:002009-08-18T15:46:48.867+02:00Quisiera plantearle una duda: Voy a alquilar una v...Quisiera plantearle una duda: Voy a alquilar una vvienda pero el propietario no quiere declararla y me ofrece un contrato privado. Me gustaría saber cuanto salgo yo perdiendo económicamente hablando si se trata de un alquiler mensual de 400€, tengo 40 años y la vivienda se ubica en Castilla y León.<br />Muchas gracias por su ayuda y un saludoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-15372608844704566772009-06-14T18:45:05.545+02:002009-06-14T18:45:05.545+02:00Buenas tardes, ¿cómo declaro la renta básica de em...Buenas tardes, ¿cómo declaro la renta básica de emancipación? ¿tengo que poner la cantidad total recibida en el 2008? ¿dónde declaro lo que pago por ser afiliada a un sindicato?<br />¿tengo que declarar algo más aparte de lo citado anteriormente y lo del trabajo?<br /><br />Muchas gracias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-37947176303957879122009-06-12T14:43:28.180+02:002009-06-12T14:43:28.180+02:00Pero qué bien perdona usted la vida. Si es que da ...Pero qué bien perdona usted la vida. Si es que da gusto. Creo que debe haber medio español (de bien) que haya cambiado el sentido de su voto gracias a sus consejos. Por qué no se va a ungir con el cetro a ... ... ...Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-20441839956740211822009-05-20T18:55:52.880+02:002009-05-20T18:55:52.880+02:00De acuerdo con la normativa sobre protección de da...De acuerdo con la normativa sobre protección de datos personales,no parece posible que pueda obtener esos datos ni en la policía que por otra parte no los tiene, ni en el Juzgado.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-88003023531136031092009-05-18T17:43:00.000+02:002009-05-18T17:43:00.000+02:00Buenas tardes señor Hernández del Olmo:
Lo primer...Buenas tardes señor Hernández del Olmo:<br /><br />Lo primero es agradecerle este blog, por lo útil que es para muchos de nosotros. Mi pregunta no tiene nada que ver con su post "Zapatero y los alquileres" pero es que no he encontrado en el blog ningun lugar para dejar una pregunta. Mi cuestión es la siguiente:<br />Hola a todos: <br /><br />"Yo y mi mujer vivimos en un piso y nuestros vecinos de arriba viven en alquiler y son la peor familia que hemos conocido en nuestra vida. Toda la comunidad ha expresado al propietario sus quejas y la última vez que hablamos con él nos informó de que llevaban sin pagarle 4 meses y que había puesto ya la demanda de deshaucio. El piso está en Ciudad Real y el propietario es un señor de Madrid. A pesar de lo que nos dijo, tenemos ciertas dudas de que sea verdad y pensamos que a lo mejor nos lo ha dicho para que dejemos de quejarnos. Nosotros conocemos el nombre del propietario y del inquilino y mi pregunta es: si voy a los juzgados o a la Policia o a cualquier otro sitio y pregunto si existe demenda de deshaucio contra este señor ¿me lo van a decir o esa información es privada? <br />Muchas Gracias por adelantado"Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-56260367892900150572009-05-15T14:12:00.000+02:002009-05-15T14:12:00.000+02:00El art. 24 de la LIRPF dice: Cuando el adquirente,...El art. 24 de la LIRPF dice: Cuando el adquirente, cesionario, arrendatario o sub-arrendatario del bien inmueble o del derecho real que recaiga sobre el mismo sea el cónyuge o un pariente, incluidos los afines, hasta el tercer grado inclusive, del contribuyente, el rendimiento neto total no podrá ser inferior al que resulte de las reglas del artículo 85 de esta ley.<br />De ello parece deducirse que existe un límite mínimo de rendimiento a declarar pero nada mas.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-42419098052517006752009-05-15T11:24:00.000+02:002009-05-15T11:24:00.000+02:00Estimado señor Hernández del olmo,
Lo primero agr...Estimado señor Hernández del olmo,<br /><br />Lo primero agradecerle este blog que me parece francamente útil. Quisiera preguntarle una duda, en caso de que arrendador y arrendatario sean padre e hijo, o tengan parentesco de segundo o tercer grado, tendrían derecho ambos a las deducciones correspondientes en IRPF. La lógica me dice que no pero quisiera asegurarme.<br /><br />Muchas graciasAnonymousnoreply@blogger.com