tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post88942001645400456..comments2024-02-20T09:44:08.830+01:00Comments on Pedro Hernández del Olmo, Abogado: EL PREAVISO EN LOS ARRENDAMIENTOS URBANOSPedro Hernández del Olmo, Abogadohttp://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-60092154859345781272015-02-02T13:41:48.777+01:002015-02-02T13:41:48.777+01:00Anonimo: Si efectivamente el preaviso "ha lle...Anonimo: Si efectivamente el preaviso "ha llegado tarde" el inquilino tiene derecho atres años más. Debería averiguar si ha obstaculizado la entrega para conseguir que llegue tarde.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-90875229588065547542015-02-02T11:07:29.588+01:002015-02-02T11:07:29.588+01:00Buenos dias. Gracias por el blog, muy instructivo ...Buenos dias. Gracias por el blog, muy instructivo para los profanos en estos temas. <br />Mi consulta: Somos propietarios de un piso y lo tenemos alquilado. Los 5 años finalizan el próximo 12 de Febrero. Debido a la crisis nos vemos obligados a recuperarlo. Envio un correo electrónico con la notificación el 13 de Enero y un burofax que la arrendataria recibe el 14 de Enero. Vamos a hablar con ella y me dice que lo ha recibido fuera de plazo. ¿Es así? en el contrato dice un mes.<br />Si fuera así y el contrato se ha renovado por 1 año más, ¿qué normativa se debe aplicar? ¿Está obligada a permanecer mínimo 6 meses antes de dejar el piso?<br /><br />Y , modificamos la renta (sin anexo al contrato) a la baja, ¿podemos en estos meses recuperar las condiciones del contrato inicial?<br /><br /><br /><br />GraciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-76367824477794269532012-10-24T20:59:30.341+02:002012-10-24T20:59:30.341+02:00La LAU no establece ningun plazo de preaviso espec...La LAU no establece ningun plazo de preaviso especial para locales comerciales Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-61707575159605570762012-10-24T20:21:15.412+02:002012-10-24T20:21:15.412+02:00Buenas tardes:
¿Y si se tratara de un arrendamien...Buenas tardes:<br /><br />¿Y si se tratara de un arrendamiento de industria, habría que hacer el preaviso con algún plazo especial?<br /><br />Gracias<br />Fco.JavierAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-42220093589147679932012-08-28T20:09:46.434+02:002012-08-28T20:09:46.434+02:00Buenas tardes. Se que ha pasado tiempo desde que e...Buenas tardes. Se que ha pasado tiempo desde que escribió este post, pero no pierdo la esperanza de que me pueda resolver esta duda. Si en un contrato de alquiler de un local comercial no se ha especificado un plazo de preaviso, hay alguno segun la LAU o similares?<br /><br />Gracias y un saludoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-52480935748866821392011-06-30T17:02:51.552+02:002011-06-30T17:02:51.552+02:00A Adrian: La indemnización por incumplimiento debe...A Adrian: La indemnización por incumplimiento deberá ser pactada entre las partes o decidida por el Juez, por lo tanto no esta afectada por el coeficiente de actualización, salvo pacto.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-51307943094054455392011-06-30T14:23:31.396+02:002011-06-30T14:23:31.396+02:00Buenos días (le felicito por su post que en google...Buenos días (le felicito por su post que en google aparece de los primeros en busquedas sobre arrendamientos). Una consulta breve:<br />En alquiler distinto al de vivienda, en que los arrendatarios indican que quieren rescindir el contrato a final del mes, y por ello incumpliendo el plazo de preaviso de 6 meses según contrato. Si al mes siguiente había que actualizar la renta según IPC, la indemnización por falta de preaviso ¿se calcularía sobre las rentas con el IPC aumentado en los meses que corresponda? ¿O todo al precio mismo del mes en que nos comunivan su voluntad?<br />Muchas gracias!Adriánnoreply@blogger.com