tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post5512176011463580255..comments2024-02-20T09:44:08.830+01:00Comments on Pedro Hernández del Olmo, Abogado: ALQUILERES: INDEMNIZACION POR DESISTIMIENTOPedro Hernández del Olmo, Abogadohttp://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comBlogger88125tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-26178945996597157802015-04-07T11:32:26.976+02:002015-04-07T11:32:26.976+02:00Rosalía, no tenían ninguna de necesidad de "r...Rosalía, no tenían ninguna de necesidad de "renovar" ese contrato, ahora habría que examinar esa "renovación" para saber si efectivamente han perdido los derechos que les corresponden como inquilinos de renta antigua, así mismo habría que examinar ese burofax para determinar lo que deben hacer ahora.<br />Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. desde móvil) Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-63113414732559432132015-04-06T14:30:17.369+02:002015-04-06T14:30:17.369+02:00Hola, necesito asesoramiento, llevo viviendo en mi...Hola, necesito asesoramiento, llevo viviendo en mi piso 34 años y mi familia más de 40 ,teníamos un contrato antiguo, q luego se renovó en el 2006,las obras realizadas desde hace 40 años, lo realizó mi madre con su dinero,es un edificio antiguo q tiene muchas humedades,en el ultimo contrato ponía q el casero podía restringir el contrato cuaneo quisiera,hemos pagado siempre cada mes,mas los gastos realizados por temas de humedad q el casero no arreglaba,me echan por q tienen q hacerme obra ,por q las vigas de hierro se están desaciendo, pero el burofax ,no ponía ningún motivo por el q me restringian el contrato, q puedo hacer?tengo derecho a reclamar una indenizacion o algo ?por favor contésteme a mi correo. Gracias<br />rosahttps://www.blogger.com/profile/14365470357358736548noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-57732346609059387062015-03-18T18:39:49.592+01:002015-03-18T18:39:49.592+01:00Jacinto, empresario de la construcción jubilado y ...Jacinto, empresario de la construcción jubilado y propietario de un Dpto. sito en la Av. Garcilaso de la Vega -Lima, lo vendió a Emilio, de profesión médico pediatra.<br />En la escritura de Compra- venta se hizo constar que el inmueble se encontraba en perfectas condiciones de habitabilidad y libre de gravámenes. Se pactó también que el pago del precio quedara aplazado en la forma siguiente: $ 50.000 USA en el momento de la firma de la escritura, y $ 800 USA mensuales durante los siguientes 20 meses.<br />Emilio cumplió con lo pactado, pero a los 5 meses de ocupar el apartamento descubrió que existían fallos en el sistema de desagüe y electricidad, hecho que puso en conocimiento de Jacinto, quien contestó que lo desconocía dado que el Dpto. no había estado habitado.<br />Posteriormente, Emilio se enteró casualmente que el Dpto. estaba hipotecado a favor de un Banco en garantía de un préstamo concedido a Jacinto con anterioridad a la fecha de la venta.<br />PREGUNTAS<br />Qué acción puede ejercitar Emilio para reclamar por los defectos de desagüe y electricidad. ¿Se cumplen los dos requisitos esenciales para que prospere?<br />¿Qué plazo tiene Emilio para ejercitar la anterior acción?<br />¿Está obligado Emilio a seguir pagando las mensualidades pactadas?<br />¿En caso de prosperar la acción ¿qué efectos se producirán?<br /> Si prospera la acción ¿deberá Jacinto pagar además una indemnización por daños y perjuicios?)<br />¿Qué acción puede ejercitar Emilio ante el descubrimiento que ha comprado un Dpto. hipotecado?<br /> ¿Cree que se cumplen los requisitos básicos para que prospere?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-1843264744791159942014-11-16T21:24:33.395+01:002014-11-16T21:24:33.395+01:00Ana, para poder determinar lo que puede reclamar e...Ana, para poder determinar lo que puede reclamar en una demanda tendría que conocer el contenido de ese escrito de finiquito.<br />Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) <br />http://www.pedrohernandezabogado.com/ <br /> Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-61690709144587469342014-11-16T19:21:57.985+01:002014-11-16T19:21:57.985+01:00Ana: Tengo un inquilino que firmo un contrato de a...Ana: Tengo un inquilino que firmo un contrato de arrendamiento de vivienda amueblada en Julio de 2012 por un año. Como esta en zona de playa se puso cláusula de que si se iba antes del año pagarían todo el año. <br />En Enero 13 se firma finiquito comprometiéndose a pagar en 10 días lo que deben y pactándose que en ese caso no se les cobrará las mensualidades del resto del año, pero no pagan.<br />En caso de demandarle ¿tengo derecho a reclamarle el resto de mensualidades hasta cumplir un año, teniendo en cuenta que no pude alquilarlo después?.<br />Gracias.Ananoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-2773435664861033202014-11-15T18:54:13.219+01:002014-11-15T18:54:13.219+01:00Anónimo sus derechos dependen por una parte de la ...Anónimo sus derechos dependen por una parte de la fecha de su contrato y por otra de si intervino o no en la adjudicación de esa vivienda, datos ambos que no me dice.<br />Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) <br />http://www.pedrohernandezabogado.com/ <br /> Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-64905543228498921802014-11-15T15:58:01.253+01:002014-11-15T15:58:01.253+01:00Vivo de alquiler en una vivienda que ha sido subas...Vivo de alquiler en una vivienda que ha sido subastada y asignada a unos nuevos propietarios. Estos me piden que me vaya ya que la quieren como vivienda habitual. Tengo contrato hasta octubre del 2017. Que derechos tengo?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-58078092617586711702014-11-05T18:13:56.292+01:002014-11-05T18:13:56.292+01:00Celia del Barrio tendría que leer ese contrato, si...Celia del Barrio tendría que leer ese contrato, sin esa lectura parece que la clausula 11ª le autorizaría a desistir sin erder la fianza preavisando con dos meses, lo que si parece claro es que esa fianza va a ser dificil de recuperar.<br />Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil) Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-6990947671123165632014-11-05T12:10:07.623+01:002014-11-05T12:10:07.623+01:00Buenos días, intentaré resumir mi caso, a ver si m...Buenos días, intentaré resumir mi caso, a ver si me puede ayudar,<br />En 2007 cogí en alquiler un local, el cual era propiedad de dos personas al 50%, firmamos por 5 años y, pasado ese tiempo pasamos a firmar un contrato por un año prorrogable (1 de junio de 2013). <br />Entre medias, el 50% del local salió a subasta por la seguridad social y lo compró una empresa (inmobiliaria). Se rehizo el contrato con fecha 1 de junio de 2013 incluyendo al nuevo arrendador.<br />El mes pasado Hacienda me comunicó que debía abonarles a ellos el importe del alquiler, que le pagaba al arrendador que posee el otro 50%, lo cual hice.<br />Ahora deseo dejar el local y, tal y como consta en mi contrato, preavisé con dos meses de antelación mediante burofax con acuse de recibo y validez legal a ambos arrendadores, haciéndoles constar, según el consejo de un abogado, que dada su situación jurídica (embargo) descontábamos los dos meses de fianza de las rentas de los dos meses que quedan por pagar.<br />Ahora uno de los dos arrendadores me dice que tengo que pagar las rentas hasta el 31 de Mayo de 2015, fecha en la que finalizaría el contrato.<br />En dicho contrato hay dos claúsulas al respecto:<br />2ªclaúsula: "...El presente contrato se establece por periodo de UN AÑO desde...renovándose tácitamente si alguna de las partes no expresara rescisión del mismo DOS MESES antes de su finalización".<br /><br />11ª claúsula: "En caso de cesar el contrato de arrendamiento por parte del arrendatario, deberá comunicarlo con al menos dos meses de antelación. De lo contrario el arrendador se reservará el derecho a devolver la fianza".<br /><br />Yo entiendo que puedo cesar el contrato con un preaviso de dos meses y punto. En el contrato no pone nada acerca de ninguna indemnización.<br /><br />¿Pueden pedirme que pague las rentas de los 7 meses que faltan hasta la finalización del contrato?, ¿puede pedírmelo solamente el arrendador que posee el 50% del local o deben ponerse los dos de acuerdo?. Me corresponde pagar hoy el alquiler y el abogado no me coge el teléfono para solucionarme las dudas.<br /><br />Muchas gracias.Celia del Barriohttps://www.blogger.com/profile/00524938224608572720noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-5916123171090109562014-10-27T12:05:24.869+01:002014-10-27T12:05:24.869+01:00Raul me parece que conviene puntualizar algunos as...Raul me parece que conviene puntualizar algunos aspectos de su situación.<br />Una cosa es desistir el inquilino lo que conlleva indemnización al casero y otra es rescindir un contrato por falta de condiciones de habitabilidad, lo que exige intervención del juez.<br />Si llegan a un acuerdo de dar por terminado el contrato conviene que queden escritas y firmadas las condicione de ese acuerdo.<br />Si no consigue ese acuerdo debe tomar en consideración que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.<br />Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil) Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-4253309463197314882014-10-27T11:32:14.090+01:002014-10-27T11:32:14.090+01:00RNR
Hola. Firmé un contrato de alquiler con la n...RNR <br /><br />Hola. Firmé un contrato de alquiler con la nueva LAU. Ahora hace ya 6 meses. Hay una cláusula en la que pone que si nos marchamos antes de cumplir un año, tenemos que pagar tantas mensualidades como años del contrato, que son tres. La cuestión es que, hemos hecho unos análisis al agua, que es de pozo (se trata de una finca rústica) y ésta no es potable. Además, hemos descubierto que el pozo es il·legal, y está pendiente de sanción administrativa. Al saber todo esto queremos marcharnos... Entiendo que tendría que llegar igualmente a un acuerdo con el arrendatarío... Las preguntas són: 1) Es aconsejable hacerlo por escrito, redactar un documento en el que ponga que no nos exigirá la indemnización? 2) El tema del agua i el pozo, son motivos suficientes como para, en caso contrario, dar por nulo el contrato? Supongo que si es así necesitaría abogado y procurador... 3) en caso de no acuerdo podría denunciar al propietario <br /><br />Gracias!! Raülnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-72226749061937013122014-05-24T09:16:59.869+02:002014-05-24T09:16:59.869+02:00Yolanda, lamento decírselo pero no se puede firmar...Yolanda, lamento decírselo pero no se puede firmar un contrato y leerlo después, si ha leído este articulo vera que esta obligada a cumplir lo firmado, le recomiendo que para la próxima vez lea antes el Decálogo del inquilino en este mismo blog.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-21024712606535142042014-05-23T21:36:34.627+02:002014-05-23T21:36:34.627+02:00Buenas tardes,
En Mayo de 2013 firme un contrato ...Buenas tardes,<br /><br />En Mayo de 2013 firme un contrato de alquiler ( así que pertenece a la ley anterior ), en el cual el propietario, hablamos una cosa y puso otra en contrato. Pero ya esta firmado lo escrito, hay una cláusula que pone que si abandono la vivienda antes de los dos años pactados, tendré que abonar el 50% de las cuotas que queden por cumplir. Esto sería legal aunque este firmado ???<br />Debo de pagar esa cantidad de dinero ?<br /><br />Una vez leído todo el contrato, es para echarse las manos a la cabeza, por las cosas que pone, hicimos un contrato con opción a compra para que el se ahorrara de pagar un iva, y en una cláusula del contrato le pone un precio elevado y expone que si no lo compro en dos años, renuncio a ello.<br /><br />Tras leer el código civil y la lau, sigue sin quedarme claro, si puede o no cobrarme el 50% de las cuotas de los 10 meses que me quedan por cumplir ?? <br />Me parece un contrato abusivo por todas partes.<br /><br />Saludos.<br />Yolanda.YOLANDAnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-62234983312186344722014-04-28T20:12:05.991+02:002014-04-28T20:12:05.991+02:00Cristina ante todo debe tener en cuenta que no pue...Cristina ante todo debe tener en cuenta que no puede rescindir el,contrato unilateralmente, debería formalizar esa reclamación por defectos en el piso y llegar a un acuerdo con el casero para dar por terminado el contratoPedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-11965553934636230842014-04-28T17:25:24.058+02:002014-04-28T17:25:24.058+02:00Hola mi situacion es la siguiente. Nos mudamos a o...Hola mi situacion es la siguiente. Nos mudamos a otra ciudad y cogimos un piso de alquiler mi pareja y yo. El contrato esta a mi nombre pero aun no se lo he dado a la arrendataria ya que yo aun no vivo en ese piso y no he podido ir, ella dijo que no habia problema, que cuando fuera se lo llevara firmado. Mi pareja lleva viviendo ahi desde el dia 11/4 y le dijimos a la casera que las ventanas no cierran. Estan totalmente desajustadas y no se pueden subir las persianas porq nos podrian entrar a robar, a parte de que entra todo el ruido de la calle. Han pasado dos semanas largas y ella todavia no ha arreglado las ventanas. La escribimos por mensajes y nos dice que esta buscando a alguien, o directamente no nos contesta. Hoy la hemos vuelto a escribir y nos dice que ira su marido al piso a ver lo de las ventanas para avisar a alguien que las arregle. Estamos ya desesperados porq apenas se puede dormir ahi. Yo me instalo ahora en mayo en el piso, pero estamos pensando cambiar de piso ya que no nos gustan las formas de la casera. El contrato que tenemos es de un año pero aun NO ESTA FIRMADO, ya que lo tengo yo. Podríamos irnos del piso y exigirle la fianza?Y si se niega a devolvernosla? Con cuanto tiempo tendriamos que avisarla? seria legal irnos antes de un año?<br /><br />Muchas graciasCristinanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-62231548819118982432014-03-25T18:42:08.813+01:002014-03-25T18:42:08.813+01:00Gracias.Gracias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-4336966696631817102014-03-25T18:38:30.583+01:002014-03-25T18:38:30.583+01:00Estoy en un local alquilado,el negocio no va bien ...Estoy en un local alquilado,el negocio no va bien y me veo obligado a dejarlo. Tengo en el contrato un cumplimiento obligado de 12 meses, llevo 6 en el. El contrato tiene una duración de 3 años, quedarían 2 años y seis meses para su cumplimiento. Para la firma del mismo entregué la cantidad correspondiente a 6 meses de alquiler más los 2 meses de fianza correspondiente. La cantidad de los 6 meses se entregaban a cuenta para que el propietario del local hiciera uso de ella en caso de impago de alguna mensualidad. He encontrado un nuevo inquilino que pasaría el mismo día que yo lo dejara y con las mismas condiciones que yo tenía, por lo que el arrendatario no dejaría de percibir ninguna mensualidad. El arrendador quiere hacer un contrato nuevo a este nuevo inquilino, y además me reclama <br />3 mensualidades. ¿es eso legal?<br />¿tengo que abonarle esas tres mensualidades?. GRACIAS.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-64179280904691449562014-03-25T18:32:11.971+01:002014-03-25T18:32:11.971+01:00José Antonio tendría que leer su contrato ya que e...José Antonio tendría que leer su contrato ya que el arrendamiento de local permite, salvo que haya renunciado a ello, ceder sus derechos arrendaticios y por lo tanto el casero no tendría derecho a reclamar indemnización alguna.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-50351729380295488982014-03-25T18:23:17.228+01:002014-03-25T18:23:17.228+01:00Hola, estoy de alquiler en un local, el cual debid...Hola, estoy de alquiler en un local, el cual debido a que el negocio no funciona me veo obligado a abandonar. Tengo en el contrato un cumplimiento obligado de 12 meses, y entregado una cantidad correspondiente a 6 meses de alquiler para que el arrendador haga uso de ella en caso de impago. Siempre se ha pagado, he encontrado un nuevo arrendatario para el local y el propietario me exige 3 mensualidades. El nuevo inquilino se instalaría el día que yo lo dejase y con las mismas condiciones. Mi pregunta es : ¿puede exigirme esas 3 mensualidades?, o ¿me debe abonar las 6 del aval más los 2 meses de fianza?. GRACIAS.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-86703475761192208402013-12-05T20:15:25.529+01:002013-12-05T20:15:25.529+01:00Gabriela para poder asesorarle necesitaría haber l...Gabriela para poder asesorarle necesitaría haber leído ese contrato, sin ese dato solo puedo decirle que los contratos hay que cumplirlos y si ha admitido esa cláusula penal puede ser obligada a cumplirlaPedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-11788750017888281082013-12-05T19:20:54.628+01:002013-12-05T19:20:54.628+01:00Pedro, he alquilado un piso en una residencia univ...Pedro, he alquilado un piso en una residencia universitaria por un año, no me siento cómoda con la ubicación del lugar y el reglamento ilógico del lugar, llevo dos meses de habitarlo quiero salir, en el contrato afirman que la penalización sería de todo el periodo de tiempo que falta y a parte se quedan con la fianza, que podría hacer en este caso?<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/02083086154476306065noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-43087836214297492212013-12-02T15:54:57.247+01:002013-12-02T15:54:57.247+01:00Anonimo, eso lo debe decidir un juez, la mejor man...Anonimo, eso lo debe decidir un juez, la mejor manera es mediante un dictamen pericialPedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-31315983404380521332013-12-02T15:34:58.748+01:002013-12-02T15:34:58.748+01:00y de que manera podemos acreditar que la vivienda ...y de que manera podemos acreditar que la vivienda no es habitable, tenemos pruebas gráficas (vídeos y fotografías). un saludo graciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-56103456596847020702013-12-01T21:04:53.773+01:002013-12-01T21:04:53.773+01:00Anónimo, el casero tiene obligación de mantener la...Anónimo, el casero tiene obligación de mantener la habitabilidad de la vivienda y si Vd. acredita que la vivienda no es habitable puede obtener la resolución del contrato con daños y perjuicios Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-59734747425802712392013-12-01T18:32:50.094+01:002013-12-01T18:32:50.094+01:00Hola Buenas Tardes,
Tengo una duda sobre mi alqu...Hola Buenas Tardes, <br /><br />Tengo una duda sobre mi alquiler, yo firmé un contrato de 1 año de obligatorio cumplimiento, nosotros estabamos encantados con la casa, hasta el momento que se nos ha presentado un grave problema, la casa tiene un patio por el cual nosotros alquilamos la casa, ya que nosotros tenemos dos perros y necesitabamos el patio para poder dejar a los perros. Pues bien hace unos días comenzamos a observar que por la tapia de nuestro patio subían y bajaban ratas. Con lo cual no podemos disfrutar del patio ni tampoco podemos abrir las ventanas por miedo a que entren en la casa. Quiero saber si esto se considera un motivo para dejar la casa. un saludo y Gracias<br />Anonymousnoreply@blogger.com