tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post8636482190753068551..comments2024-02-20T09:44:08.830+01:00Comments on Pedro Hernández del Olmo, Abogado: El preaviso en los alquileresPedro Hernández del Olmo, Abogadohttp://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comBlogger4125tag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-74339955716275906322012-10-16T14:12:43.228+02:002012-10-16T14:12:43.228+02:00Maria este no veo posibilidad en este reducido es...Maria este no veo posibilidad en este reducido espacio para resolver un problema tan grave ni siquiera para intentarlo es preferible que utilice el teléfono, recibirá atención directa e inmediata.<br />807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-51966718080643837012012-10-16T14:03:43.787+02:002012-10-16T14:03:43.787+02:00El contrato que firmamos tiene una duración de dos...El contrato que firmamos tiene una duración de dos años, prorrogables hasta los 5. No había tampoco ninguna cláusula que hablara de la posibilidad de cambio de propietario. ¿ deberíamos demandar por incumplimiento de los derechos de tanteo, opción a compra, etc? ¿y también solicitar que se rescinda el contrato? En el contrato se estableció además, que transcurridos esos dos años deberíamos abandonar la vivienda si no ejercíamos el derecho a compra y el contrato quedaría extinguido.Maríanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-36827891235082420752012-10-16T13:42:02.896+02:002012-10-16T13:42:02.896+02:00Maria lo que relata es sumamente irregular ya que ...Maria lo que relata es sumamente irregular ya que en primer lugar debería haberles sido notificaa esa venta previamnete, derecho de tanteo y en el momento de escriturarse, dereccho de retracto, eso sin contar que no han respetado su opción de compra, para acnsejarle que hacer habría que tener mas datos, por otra parte el arrendamiento si es su vivienda tiene una duración de cinco años.Pedro Hernández del Olmo, Abogadohttps://www.blogger.com/profile/02536084901281216860noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8525928751132630884.post-36080071665086302052012-10-16T13:23:03.926+02:002012-10-16T13:23:03.926+02:00En el caso de un contrato de arrendamiento con opc...En el caso de un contrato de arrendamiento con opción a compra, ¿puede solicitarse la rescisión de contrato si el arrendador cedió la propiedad a otra persona sin avisar a los arrendatarios para que ejercieran su derecho preferente? En este caso, los inquilinos nos enteramos por una carta de los nuevos propietarios informándonos de la compra, en agosto de este año. Nuestro contrato de arrendamiento tiene una duración de 2 años que finaliza el día 1 de noviembre. ¿Qué opciones tenemos? Gracias.Maríanoreply@blogger.com