El tema de los daños producidos en la vivienda durante la vigencia de un contrato de arrendamiento constituye casi siempre una fuente de conflictos entre el arrendador y el arrendatario, partiendo de la dificultad, rayana en lo imposible, de dar solución válida con carácter general para esos conflictos hay que intentar proporcionar alguna luz que permita al menos enfocarlos.
Ante todo hay que considerar que existe la obligación del arrendador de realizar en la vivienda arrendada las obras de conservación necesarias lo que incluye, de forma amplia, todas las obras de reparación, cualquiera que sea su origen. Por ello, habrá de entenderse incluidas en las mismas las necesarias para mantener al arrendatario en el uso útil de la vivienda en cuestión, las originadas por caso fortuito, fuerza mayor, o simplemente, por el mero paso del tiempo. Pero también es cierto que el arrendatario está obligado a poner en conocimiento del arrendador a la mayor brevedad la necesidad de las reparaciones. El incumplimiento de la obligación de reparación faculta al arrendatario para resolver el contrato y para reclamar los daños y perjuicios que se le hayan producido, pues la ley especial se remite al artículo 1124 del Código Civil .
El estado de la vivienda en el momento de la entrega por el arrendador y el estado que presenta en el momento de la devolución
En cuanto al primero ha de estarse a los términos del contrato y en defecto de pacto se presume “iuris tantum” que el arrendatario recibió la vivienda en buen estado, presunción lógica atendida la obligación del arrendador de entregarla de tal modo, por tanto, la prueba del “estado” corresponde al arrendatario, pudiendo hacerlo a través de cualquiera de los medios admisibles en derecho, es claro que recibir en buen estado no es recibirla nueva sino que se halle en condiciones de habitabilidad (artículo 1562 ). En cuanto al segundo igualmente se presume “iuris tantum” (artículo 1563 ) que el deterioro o perdida se produjo por culpa del arrendatario, correspondiendo a este la prueba de ausencia de culpa o negligencia, produciéndose una inversión de la carga de la prueba.
Conforme a esto el arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviera la cosa arrendada al tiempo de su devolución, esta norma que contempla como excepción la prueba por parte del arrendatario de que el deterioro no ha sido por su culpa, hay que entenderla en relación con los arts. 1561 que prescribe que no responderá tampoco de los deterioros ocasionados por el tiempo o por causa inevitable.
No obstante es de vital importancia lo prescrito en el art. 1562 que señala que a falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.
Por otra parte a tenor de lo dispuesto en los artículos 21 y 27 de la Ley de Arrendamientos urbanos , el arrendador está obligado a realizar las reparaciones que sean necesarias para la conservación de la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.
Con estos datos vamos a reseñar la interpretación que los Tribunales han dado a los mismos en algunos supuestos.
En primer lugar es de subrayar que la obligación del arrendador de reparar los daños tiene un límite absoluto, la ruina de la finca y se entiende que existe ruina o estado ruinoso cuando los daños suponen la necesidad de una verdadera reconstrucción del edificio porque no son reparables por medios normales, lo que también se evidencia cuando el coste de las obras de reparación necesarias es superior al 50% del coste de la construcción de nueva planta de características similares a la existente, máxime si fuera preciso ejecutar obras imprescindibles, para la estabilidad de la edificación y la seguridad de las personas.
Daños procedentes de falta de reparación o mantenimiento de elementos comunes de la finca en tal caso es la Comunidad de Propietarios la obligada a llevar a cabo las precisas reparaciones en ellos pero es preciso distinguir entre la posibilidad de actuar individualmente el arrendador respecto a elementos comunes y la obligatoriedad de compeler el citado arrendador a la Comunidad para la reparación de esos elementos comunes, pues frente al arrendatario ha de responder no la Comunidad sino el arrendador, por obvias razones de los limitados efectos subjetivos de los contratos. A ello ha de unirse la doctrina de nuestro Tribunal Supremo, que señala en su Sentencia de 15 de junio de 1955 que el concepto de reparaciones necesarias abarca aquellos a efectuar incluso fuera de lo arrendado refiriéndose a los que afectan a elementos comunes o a la seguridad del edificio.
Ausencia de culpa del arrendatario: Tratándose de una vivienda muy antigua con precarias instalaciones de agua y electricidad, auto instaladas por su dueño, es perfectamente factible la sucesión de averías sin negligencia del demandante, aunque quizás vista la edad de éste y características de la vivienda, no fuera el arrendatario más idóneo. En consecuencia ha de estimarse este motivo del recurso y condenar al arrendador al abono de la reparación de la avería eléctrica.
Daños causados por incendio responde de ellos el arrendatario siempre que incurra en negligencia que se aprecia cuando la causa del siniestro fue la inflamación de una sartén en el fogón de la cocina, que se propagó a la campana extractora y muebles contiguos, esto es, una negligencia de quien utilizó la vivienda, no cabe sino concluir con la responsabilidad del demandado aun cuando se encontrase en Senegal, ya que el origen del daño estaba bajo la esfera de su control cuando fue él quien permitió la utilización de la vivienda por terceros y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 1561, 1563 y 1564 del Código Civil.
Sin embargo no se puede imputar la responsabilidad de los hechos a la arrendataria por no haber comunicado a la arrendadora la existencia de los posibles daños cuando no hay ningún dato que avale que la arrendataria conociera la existencia del problema hasta que se produjo el incendio, por lo que difícilmente podía pedir al Ayuntamiento su reparación. Por tanto en este caso no podemos hablar de conducta omisiva a los efectos de la responsabilidad establecida en el artículo 1.902 del Código Civil
El Tribunal Supremo viene declarando que no todo incendio es por caso fortuito y que no basta para llegar a tal conclusión que el siniestro se hubiera producido por causas desconocidas (SSTS, entre otras, de 9 de noviembre de 1993, 29 de enero de 1996, 13 de junio de 1998, 11 de febrero de 2000, 12 de febrero de 2001 ), de modo que generado un incendio dentro del ámbito de control del poseedor de la cosa -propietario o quién está en contacto con ella- hay que presumir que le es imputable, salvo que pruebe que obró con toda la diligencia exigible para evitar la producción del evento dañoso (SSTS, entre otras, de 13 junio de 1998, 22 de mayo de 1999; 31 de enero y 11 febrero de 2000; 12 de febrero y 27 de abril 2001; 24 de enero de 2002 -acreditado el incendio causante del daño, no importa que no esté probada la causa del mismo-; 20 de abril de 2002 -no es suficiente expresar que no se ha acreditado cual fue la causa del siniestro-; 27 de febrero y 26 de junio de 2003 -debe probarse el incendio, no el hecho, normalmente imposible, que constituye la causa concreta que lo provocó-)". Como refiere la de 3 de febrero de 2005: "Por último, como ya se explicó, sirve también para la repulsa del motivo la doctrina jurisprudencial relativa a que, cuando se ha generado un incendio dentro del ámbito de control del poseedor de la cosa, bien sea su propietario o quién esté en contacto con ella, hay que presumir que le es imputable, salvo que pruebe que obró con toda la diligencia exigible para evitar la producción del evento dañoso.
Daños en el edificio: Con relación a la falta de legitimación activa del demandante para reclamar daños en el continente de la vivienda de que es arrendatario, el criterio es que tratándose de daños en la vivienda y no ser el demandante propietario de la misma, sino únicamente arrendatario, en principio carece de legitimación activa al no tener la condición de real perjudicado, pues conforme al art. 1554 núm. 2 de Código Civil . es al arrendador al que le corresponde realizar las reparaciones necesarias a fin de conservar la cosa en el estado de servir para el uso a la que está destinada; y no se opone a ello que el art. 1561 del Código Civil obligue al arrendatario a devolver la finca al concluir el arriendo tal como la recibió, ya que este precepto hace referencia a la reparación de aquellos desperfectos causados por el propio arrendatario, pero no a los derivados de actuaciones imprudentes sobre las que no se le puede responsabilizar, salvo, claro está, que el arrendatario hubiera asumido realizar por su cuenta tales obras y las hubiera satisfecho, lo que no consta se haya producido en el caso debatido.
pero entonces no lo entiendo,en el caso de uso ordinario de la vivienda quien lo paga?. Quién paga la lavadora si se estropea?. Cómo le demuestro al dueño que yo le he dado un buen uso?, o cómo lo puede saber él?
ResponderEliminarqué lío!
laura
Es relativamente fácil, el técnico que hizo la reparación o sustitución que emita un informe escrito acerca de si la avería ha sido ocasionada por el uso correcto continuado (a cargo del casero) o por un uso incorrecto (a cargo del inquilino).
ResponderEliminarBuenas tardes. Yo necesito consejo: llevo 4 años en un piso que tiene 10 años. El termopar de la caldera se ha roto, lo he reparado tal y como me dijo el dueño, y ahora pretende que lo pague yo, porque opina que es un elemento de desgaste.
ResponderEliminarYo argumento que la caldera es necesaria para garantizar la habitabilidad del inmueble.
¿Quién tiene razón? Gracias!
//Javier
Su información es muy útil, pero sigo teniendo una duda.
ResponderEliminar¿Cómo valora el arrendador los desperfectos ocasionados en la vivienda? Mi casera quiere quitarnos 200 euros por una mesa con una pequeña quemadura. No se trata de madera noble, sino de simple melamina. ¿QUe nos recomienda?
Gracias!
Hay que decir que no existe un criterio objetivo para la valoración de daños en la vivienda arrendada, si las partes no se ponen de acuerdo hay que acudir al Juzgado
ResponderEliminarBuenos días,
ResponderEliminarYo tengo el siguiente problema: Alquilé el piso directamente a un banco, y después de un par de años voy a dejarlo. Me encuentro que me quieren cobrar el volver a pintar todo el piso y tapar todos los taladros que he hecho para poner cortinas. La pintura no está dañada y solo tiene los típicos roces o manchas propios del uso. Con respecto a las cortinas, ofrezco dejarlas sin coste alguno, pues no me sirven donde voy. Mi pregunta es la siguiente: Si la pintura está en un estado de conservación aceptable, ¿hasta que punto tengo la obligación de pagar un nuevo pintado del piso, o tapar todos los agujeros?.
Muchas gracias por su respuesta.
Un saludo.
A Anónimo: Si no llegan a un acuerdo el único que puede dar respuesta a sus preguntas es el Juez
ResponderEliminarBuenas noches,
ResponderEliminarYo también alquilé el piso a un Banco, durante 9 años. El alquiler cesó el pasado 31/7. Ha transcurrido el mes necesario para la devolución de la fianza´. Cuando llamo para interesarme por la situación, me comentan que me descuentan prácticamente el 100% alegando, por ejemplo, 100€ por despegar una cenefa adhesiva decorativa (que simplemente es tirar, se quita en 2m y sin dañar la pintura), otros tantos por quitar una toma de TV que según ellos puse (que es falso), la toma que puse es de teléfono, no de TV, 70€ por bajar un sillón que dejé a la calle que pregunté y no me advirtieron de que lo cobrarían, también quieren descontarme por quitar los rieles de las cortinas... en fin, me parece totalmente abusivo, teniendo en cuenta que inspeccionaron la vivienda y dejaron constancia por escrito de que la vivienda se encontraba en buen estado. ¿Cómo puedo reclamar?
Muchas gracias por su respuesta.
A Anónimo: Si tiene constancia escrita de la recepción del piso sin problemas al te´rmino del contrato, la reclamación debe ser judicial.
ResponderEliminarBuenas tardes. Yo necesito consejo: llevo 4 años en un piso que tiene 10 años. El termopar de la caldera se ha roto, lo he reparado tal y como me dijo el dueño, y ahora pretende que lo pague yo, porque opina que es un elemento de desgaste.
ResponderEliminarYo argumento que la caldera es necesaria para garantizar la habitabilidad del inmueble.
¿Quién tiene razón? Gracias!
//Javier
A Javier:
ResponderEliminarAnte todo manifestar que el tema no es nada pacífico.
Si la reparación ha sido como consecuencia del mal uso o puede entenderse que se trata de "pequeña reparación por desgaste" corresponde al inquilino. En los demás casos al casero.
De cualquier modo en definitiva se trata de una interpretación técnica que en última instacia resolvería el Juez, si el monto de la misma lo hace viable.
Buenos días,
ResponderEliminarHemos dejado nuestro piso de alquiler. La cuestión es que lo pintamos y mejoramos muchísimo durante el año que hemos estado ahí, incluso hemos arreglado manchas de humedad.
Ahora el propietario vía agencia, nos ha descontado un dinero de la fianza alegando unos desperfectos que NO SON CIERTOS, estoy indignada, además de dejarle el piso como un pincel tenemos que pagar. Acabo de pedirle las facturas a la agencia. ¿Qué más puedo hacer? ¿Me pueden cobrar lo que les plazca porque sí?
En un mail que me mandó la agencia me dijeron que iban a contratar un electricista para hacer una revisión de la instalación eléctrica cuando ha habido 2 o 3 enchufes que nunca han funcionado.
Por favor, ¿me podéis aconsejar?
Muchas gracias
A Anónimo:
ResponderEliminarPor su relato parece que ya ha entregado las llaves, si en ese momento se firmó un escrito de finquito de contrato y/o recibo de llaves, como hubiera sido lógico, era la ocasión para hacer constar las deficiencias observadas en el piso. Si no fue así deben probar esas deficiencias y justificar el importe de lo descontado de la fianza.
Buenas tardes, he entendido que el arrendador tiene 30 días para devolver la fianza despues de comprobar los desperfectos de la vivienda asi como recibir las facturas del utlimo periodo arrendado... Mi pregunta: como es compatible si no estoy yo presente para acreditar que el estado de la vivenda haya variado (por ejemplo manchas en las paredes reclamadas que existian desde el principio, artefacto de luz incompleta sabiendo que desde el principio faltaba...) Obviamente dichos desperfectos se los habian mencionado en su momento pero me dijo que sabia el estado de la vivendia y que no habria problema en un futuro... El caso es que le entregaré las llaves pero sospecho que me prepara una lista de reparaciones fictica de la cual no podré contestar nada por no estar presente... Me podria indicar algun consejo para protegerme de dicha situación? Debemos establecer un escrito en el momento de la entrega de llaves resumiendo los desperfectos observados y acordados (o no)?
ResponderEliminarJosep
Buenos días,
ResponderEliminarMi situación es que he alquilado una casa a unos jóvenes, y han pintado la fachada de colores varios, aunque sí les di consentimiento para que pintaran en el interior, no sé hasta qué punto pueden pintar la fachada.
Desconozco si debo consultar normativa local o existe normativa de tipo urbanístico que lo regule.
El problema será cuando se vayan y deba pintar de nuevo toda la fachada, podría entonces quedarme con la fianza?
Muy agradecida,
Ariadna
Hola:
ResponderEliminarMi hijo junto a tres compañeros alquilaron una casa durante un curso, o sea del 1 de septiembre de 2008 a 31 de julio de 2009, a los dos meses de estar alli les cortaron la luz por falta de pago de los meses de mayo y junio de 2008,(anteriores al contrato) la casera logicamente se ocupo de la reconexion. Los meses siguiente fue un calvario cada vez que habia que pagar la luz, pues la factura se la enviaban via internet al ex-marido de la casera en Canarias donde vive, los chicos tenian que estar detras de ella para que les dijera el importe, terminando por llamar ellos mismos a la compañia electrica y pagando por banco. El pago del agua no se hizo mensual, pues nunca se les paso factura y ahora al final del contrato se pagara todo el imorte, a lo que no nos negamos como es logico. El 3 de agosto se entregaron las llaves.A mediados de agosto, llamamos por telfono para que nos enviara la liquidacion, puesto que nos tenia que devolver la fianza, le pedimos que descontara las facturas pendientes y nos enviara la liquidacion. Al dia de hoy no ha hecho nada, se lo hemos pedido repetidamente por telefono y siempre o esta ocupada o esta conduciendo etc...Nosotros no nos negamos a pagar todo lo pendiente solo le pedimos la liquidacion con sus correspondientes justificantes.¡Ah! se me olvidaba quiere cobrar la reconexion de la luz por no pagar ella los meses de mayo y junio 2008.
¿Que debemos hacer?
Muy agradecida.
tengo una duda grandisima.
ResponderEliminarhemos alquilado un local y se nos ha inundado porque hay una rotura en la general desde hace tiempo y no lo arregla la comunidad porque la dueña del local debe 9 mil euros a la comunidad.y se niegan a arreglarlo y nos vemos en medio.la dueña no nos dijo nada claro esta cuando lo alquilamos.y hemos invertido ya dinero en proyecto en publicidad y en la fianza y alquiler de dos meses.nos aconsejan que dejemos el local y denunciemos a la dueña por daños y prejuicios pero dudamos que saquemos el dinero perdido. y otra opcion nos dicen que lo arreglemos nosotros pero que eso`nos puede traer problemas con la comunidad.que podemos hacer?muchas gracias
A Anónimo:La obligación de arreglar parece que corresponde a la Comunidad, y no puede negarse a ello deba lo que deba lo que deba la dueña del local, es un asunto que no debe afectarles. En cuanto a lo que deben hacer, no parece este el mejor metodo para aconsejarles con rigor.
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarhe alquilado un chalet y desde hace meses, tengo una cantidad absolutamente anormal de hormigas que me salen de todas las partes - del suelo, de los rodapiés, de los grifos, de las bañeras, de las paredes,...
he hablado con la proprietaria y llamé una empresa de desinsectación.
Pregunta: quien deberá pagar este servicio? yo o la proprietaria?
Muchas gracias
sandra coelho
A Sandra:
ResponderEliminarDependiendo de la importancia de esa plaga de hormigas, es decir en la medida en que afecte o no a la habitabilidad del inmueble, corresponderá pagar la fumigación al dueño o al inquilino; en definitiva si no hay acuerdo se deberá acudir al Juez y a lo mejor resulta mas caro que la propia eliminación de la plaga; a este respecto es conveniente recordar que: "Mas vale un mal arreglo que un buen pleito"
Hola amigos,
ResponderEliminartenia una consulta acerca de una situación delicada. Tengo un contrato de alquiler de 1 año y quiero irme a los 8 meses, el problema es que tengo una fianza de 2 meses y no deseo perderla. La situación es que en la pared del dormitorio hay humedades desde Diciembre. No se hasta que punto podria irme sin penalización ya que no se como demostrar el tiempo que llevan las humedades y que el dueño no ha hecho nada. Tengo un par de fotos de movil hechas el 22 de Diciembre, no se si con eso bastaria.
Tambien he pensado si podria dejar de pagarle los 2 ultimos meses o al menos el último y así compensar la fianza pero no se que repercusiones puede tener esta acción.
Gracias y un saludo.
A Pakito: Puede contactar directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
ResponderEliminarHola, tengo varios problemas el primero, la tuberia de la finca se ha embozado yo estoy en el primer piso, por lo tanto el agua que cae de pisos superiores(lavadoras,fregadero)me cae a mi y se inunda la casa,llevo un mes asi pq el problema es gordo y la comunidad se tiene que poner deacuerdo...mientras tanto yo a sufrir, he puesto tapones para que no se me inunde pero yo no puedo usar ni la lavadora ni el fregadero.
ResponderEliminarsegundo problema: en el piso no hay antena, no se puede ver la tele,hasta hace unos dias resulta que la veia pero por benevolencia de "ONO" y yo sin saberlo y de repente han dejado de emitir.
no tengo tele ni lavadora ni fregadero: puedo irme y reclamarle la fianza?
PORFAVOR AYUDA!!!
muchas gracias de antemano
hola,vivo en un piso de alquiler que es muy antiguo.Las baldosas de la cocina estan muy deterioradas y los rodapies de la casa estan con espuma de poliuretano para que no se vea que hay una gran separacion hasta la pared..hace unos dias vi una rata. he sido yo la que ha tenido que estar intentando atraparla y me he tenido que ir una par de dias de la casa. mi pregunta es si el arrendador esta obligado ha desinfestar la vivienda y ha arreglar los multiples agujeros o incluso cambiar el suelo.
ResponderEliminarA Anónimo: Le sugiero que contacte directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
ResponderEliminarA Olivier: Le sugiero que contacte directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
ResponderEliminarPor favor, si el inquilino no paga en dos meses, puedo denunciarlo al juzgado y en cuánto tiempo se llevan para desahuciarlo?
ResponderEliminarGracias
Teodoro
A Anónimo: Deberá ponerle un juicio de desahucio para lo que necesita abogado y procurador, la tardanza del desahucio depende de diversos factores imposibles de enumerar aquí.
ResponderEliminarLe sugiero que contacte directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
Hola, voy a alquilar un piso la semana que viene y me han remitido lo que sería el contrato. En él, se establece que "la propiedad no se hará cargo de las posibles averías de la lavadora, lavavajillas y frigorífico instalados en la cocina, ni su posible sustitución por otros en caso de dejar de funcionar definitivamente". ¿Es esto legal? ¿No contraviene el art. 21 de la LAU?
ResponderEliminarMuchas gracias, un saludo.
A hodei: El tema que plantea no es nada pacífico y una clausula como la que describe tiende a complicarlo aun mas. Si necesita un comentario mas amplio le sugiero que contacte directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
ResponderEliminarTengo un problema con el propietario, recientemente el propietario a pedido una revicion del contador a industrias,estos han retirado el contador y han puesto uno nuevo.Pues la cuasa es q las facturas de la luz estan muy elevadas.y ahora ha descontado el coste del contador y las horas que perdio,de la fianza q entregue al rentar el piso.Es normal? puede hacer algo para evitarlo?
ResponderEliminarMi duda es también acerca de una lavadora. Llevo viviendo de alquiler en esta casa 1 año. Al irme a vivir, el propietario me dijo que tenía lavadora, frigorífico etc, que la lavadora nueva se la había llevado a su casa y que me había dejado una más antigua que tenía, pero que funcionaba. El caso es que ahora se ha estropeado simplemente del uso cotidiando, y me dice que lla reparación la tengo que pagar yo ya que en el contrato, en la última clausula pone "las reparaciones necesarias a partir de la firma del contrato para el adecuado uso y disfrute del adosado correrán a cargo del inquilino", Se puede poner una clausula así? Si es así, me temo que metí la pata ya que, por mi inexperiencia, no lo leí con detenimiento. Saludos y gracias por adelantado
ResponderEliminarA Dsantos:
ResponderEliminarLa clausula que transcribe es de muy dudosa eficacia, en cuanto al fondo de la cuestión habría que determinar el origen de la avería.
Acabo de finalizar un contrato de arrendamiento y en el documento de entrega/recepción de llaves firmado por ambas partes se observaron unos desperfectos. Ahora no me quieren devolver la parte proporcional de la fianza y me mandan una factura que han reparado otros desperfectos que no se fijaron en dicho documento.¿Es legal o es una presunta estafa o apropiación indebida?
ResponderEliminarHola Pedro:
ResponderEliminarNecesitamos tu ayuda!!Hemos alquilado un piso a través de una inmobiliaria en Barcelona y desde el principio hemos tenido problemas con la casa. Nada más llegar a la vivienda descubrimos que había una plaga brutal de cucarachas, como los pisos los visitas de día y éstas salen de noche no las vimos, pero había por todas partes!! y lo peor, en la nevera, tenían entre las gomas de la puerta sus nidos...también en los rincones de los sofás, en los muebles de la cocina...un desastre! Se lo hemos comunicado al casero y lo único que hizo fue traernos una chica para que ayudar a limpiar, y los gastos de productos fueron TODOS de nuestra mano, llevamos gastados más de 40 euros en matacucarachas, trampas, etc. Pero no le dimos importancia, pero este viernes pasado, al llegar a casa después de estar una hora fuera nos encontramos el piso todo inundado, unos 3 centímetros de agua en la cocina y en la habitación!! la causa fue que el propietario al venir a instalarnos la nevera colocó mal la pieza que une la lavadora con las tuberías de la casa y al ponerla en funcionamiento de soltó! El daño más importante ha sido una pieza de mi ordenador, que en contacto con el agua se ha quemado y una nueva vale 160 euros. Y bueno, yo lo necesito para trabajar y me tardan 15 días en reponerla! Quería saber si es él el que tiene que tomar responsabilidades!?? Muchisimas gracias!
Hola:
ResponderEliminarTengo un piso de 72 m2 con un alquiler muy bajo 316€, hemos realizado mejoras: reparación completa de la cocina: muebles, suelo, electrodomesticos, paredes,tuberias,etc...(2.500€);reparación en el edificio de la comunidad por poner ascensor (extra 900€); reparación subida de potencia eléctrica (235€).
Todo ello mientras el inquilino habitaba en ella. ¿puedo subir el alquiler por mejoras? El inquilino lleva 3 años y medio de alquiler.
También he tenido que pagar la reparación de la lavadora 50€ por uso de desgaste ¿también me corresponde a mi? Un saludo
Buenas,
ResponderEliminarMe gustaría que me ayudara en mi caso. Viviamos en una piso de alquiler y una madrugada, mientras dormíamos, se produjo un cortocircuito (en teoría). Cuando explotaron los cristales del balcón, nos despertamos y salimos corriendo, etc etc. Al final se quemó gran parte del comedor, un poquito la cocina y el resto del piso está completamente lleno de hollín (no es habitable). Enviaron un investigador y los peritos del dueño del piso y del edificio.
Al principio nos dijeron que nos quedaramos tranquilos ya que seguramente había sido problemas con la instalación ya que en teoría no saltaron los plomos, pero ahora nos ha dicho el perito del dueño que parece ser que ha sido una sobrecarga en la instalación (yo tengo entendido que si hay una sobrecarga, saltan los plomos antes de que haya un cortocircuito) y que nos busquemos un abogado porque seguramente la aseguradora del dueño nos exigirá el pago por daños de culpa (o algo así) que serían de la reparación del piso y de la de los vecinos (unos 25000 euros).
La cuestión es que teníamos enchufados en una regleta, el teléfono, el router, un portatil y una estufa. Tenemos un balcón bastante grande, con cuatro ventanas y la puerta, todo de cristal y madera. La cuestión es que el enchufe que se quemó, es un enchufe que estaba instalado en la madera que está debajo de las ventanas. No era como los enchufes del resto del piso, es más, ese enchufe tenía otro al lado que estaba en la pared del piso y que según el investigador estaba bien, estaba quemado por fuera pero por dentro estaba bien.
Nosotros no tenemos seguro (lo tiene el dueño) y no nos informó que teníamos que contratar un seguro de contenido para nuestras cosas. No se nos quemaron muchas pero preguntamos y nos dijeron que si era culpa de la instalación, alguien (el dueño o su aseguradora) nos tenía que pagar todo lo que se nos ha quemado. También nos dijeron que si el piso no era habitable, nos tenían que pagar los gastos de vivienda (estamos en el piso de mis suegros), el dueño nos tenía que devolver la semana del mes que no hemos vivido y hemos pagado y si queríamos rescindir el contrato (es hasta junio) no tendríamos ningún problema ya que al no poder ser habitable por las causas que sean, podríamos hacerlo y nos tendría que devolver también la fianza íntegra.
¿Qué deberíamos hacer y qué nos podría pasar? Es cierto que nos pueden denunciar?
Muchas gracias!
A Anónimos:
ResponderEliminarPara ampliar o aclarar esas dudas pueden hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde serán atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
se nos cayó el yeso del techo de nuestro balcon que estamos alquilando. A quien toca el gasto de reparación?
ResponderEliminarDomingo, 17 de Abril de 2011
Vivimos en el último piso de una finca (arriba es el techo de la finca). Tenemos balcón cuyo techo (el lado dorsal del techo comunitario) esta cayendose, con trozos de un metro cayendose de golpe, con el peligro de causar gran daño a alguien. Somos los alquilinos. a quien les toca arreglar esto: el propietario, la comunidad o nostros?
se nos cayó el yeso del techo de nuestro balcon que estamos alquilando. A quien toca el gasto de reparación?
ResponderEliminarDomingo, 17 de Abril de 2011
Vivimos en el último piso de una finca (arriba es el techo de la finca). Tenemos balcón cuyo techo (el lado dorsal del techo comunitario) esta cayendose, con trozos de un metro cayendose de golpe, con el peligro de causar gran daño a alguien. Somos los alquilinos. a quien les toca arreglar esto: el propietario, la comunidad o nostros?
A heather: Sin tener a la vista la situación es una temeridad decidir a quien toca afrontar la reparación, aparentemente es una avería de elementos comunes por lo tanto correspondería a la Comunidad.
ResponderEliminarMi inquilino tiene un contrato por 9 meses prorrogable anualmente hasta un maximo de 5 años salvo que el arrendatario avise con un mes de antelacio.¿que puedo reclamar si solo me ha avisado con una semana de antelacion?gracias
ResponderEliminarBuenas tardes:
ResponderEliminarTengo un pareado alquilado desde noviembre del 2008. Los inquilinos me comunican que se van de la vivienda el 17 de julio sin que se termine la segunda prórroga. Yo les he dicho que no estoy conforme que los contratos están para cumplirlos y que se no lo hacen pondré en funcionamiento los mecanismos a los que me da derecho la ley. Tengo Aval bancario que encaso de incumplimiento ejecutaría así como un mes de fianza como me permite la ley. También les he ofrecido la posibilidad de llegar a un acuerdo para no tener que recurrir a estos términos pero en principio se negaron a ello diciendo que la ley les protegía. Finalmente me hicieron una oferta que era dejarme las mejoras que habían hecho en la vivienda que se reducen a un riego automático y a que me quedara la fianza. Yo no he aceptado este acuerdo pues no me parece justo y ellos rompieron todas las negociaciones. Ahora me envían un burofax exigiendome el arreglo en siete días desde la recepcion del mismo de varios desperfectos que según ellos estaban desde el principio del contrato como que el calentador no funciona bien, que no funciona la placa de inducción correctamente, que no funciona un aparato de aire acondicionado, que tienen una plaga de hormigas "Faraonas",y así un largo etc.. Ellos recibieron la casa en buen estado y una vez comprobado por ellos mismos así lo firmaron en el contrato.
Si que es verdad que me han pedido a lo largo de este tiempo algún arreglo por deterioro que yo puntualmente les he solucionado sin poner ningun problema como me manda la ley y que además puedo demostrar mediante facturas pero de estos no he tenido hasta ahora conocimiento.
Me amenazan en el burofax diciendome que si no lo arreglo en el plazo de siete días se acogen al articulo 21 de la LAU y desisten del contrato.
Me temo que es una estrategia de ellos para eludir sus obligaciones, incluso que a mala fe hayan causado ellos mismos los desperfectos para no pagar lo que les corresponde.
¿Cómo procedo para que no se salgan con la suya? ¿Tengo que hacerme yo cargo de los desperfectos? ¿Cómo demuestro qué los han causado ellos a mala fe?
¿Puedo seguir insistiendo en el incumplimiento de contrato y ejecutar el aval además de pedirles indemnización por los daños causados?
De antemano muchïsimas gracias.
Hola buenas tardes necesito que por favor me ayude sobre las dudas respecto a lo siquiente:
ResponderEliminarEl dia 26 de mayo del presente año(2011) se produjo un incendio en el piso que alquilo, la causa es desconocida por que se inicio en la terraza, aunque en el momento que los bomberos nos permitieron el ingreso uno de ellos nos indico de formas berval que lo habria ocasionado el aire acondicionado del piso de arriba, sin embargo cuando vinieron los peritos me indicaron que los bomberos dificilmente podrian presentar un informe acreditando lo mencionado por que no es parte de su trabajo hacerlo y que a las aseguradoras no les importa investigar la causa del incendio porque es mucha inversión de dinero.
Ahora bien la propietaria tiene contratado el seguro de hogar y n asi el seguro de vivienda de alquiler, este segurro según ella le cubre contenido y continente pero no me cubre todas las pérdidas que este me ha ocacionado que han sido muchas.
Por otra parte desde que se produjo el incendio nos ha dejado viviendo en el resto del piso 10 días sin tocar absolutamente nada de los restos que dejo el fuego por tanto soportando todos estos dias el olor fatal de este, cuando llame con insistencia y le dije q abandonaria el piso hasta q el piso este condiciones de habitabilidad recien ontrato gente para retirar los escombros, las cenizas y restos, sin embargo hasta eldia de hoy han dejado el sofa y algunos muebles que se encuentran con olor podrido y llenos de ollin, por que se han mojado al apagar elincendio
Por si eso no fueera poco a contrtado unos albañiles que vienen esporadicamente y solo 2 o tres horas al dia
EN ESTE MOMENTO ME ENCUENTRO MUY DESESPERADA POR ESTA SITUACION
POR ELLO QUISIERA SABER SI LA PROPIETARIA. DEBE RESPONSABILIZARSE POR LAS PERDIDAS QUE HE TENIDO SI LA LEY MERESPALDA?
SI LA PROPIETARIA DEBE REALIZAR UNA REBAJA DEL ALQUILER EN LA PROPORCION QUE ESTOY SIENDO PERJUDICADA POR QUE NO ESTOY DISFRUTANDO DEL SALON?
Y FINALMENTE SI PUEDO YO CON MI CONTRATO SOLICITAR EL INFORME DE LOS BOMBEROS Y DEL SEGURO PARA SABER SI LA CAUSA QUE ORIGINO EL INCENDIO FUE POR EL AIRE ACONDICIONADO COMO NOS INDICO EN UN PRINCIPIO UNO DE LOS BOMBEROS?
POR FAVOR LE RUEGO ME AAYUDE A RESOLVER TODAS ESTAS DUDAS Y ME INDIQUE LOS PASOS QUE DEBO SEGUIR PARA RECUPERAR POR LOMENOS UNA PEQUEÑA PARTE DE TODO LO QUE PERDIDO ESPERANDO QUE ASISEA LE DOY LAS GRACIAS ANTELADAMENTE.
ATTE INGRID
A Ingrid: La complejidad y circunstancias delaunto que describe indican que la mejor decisión es acudir a un Abogado que pueda enfocar el asu to de la mejor manera posible
ResponderEliminarHola, he encontrado su blog buscando información sobre una situación de alquiler en la que la arrendadora se niega a asumir una plaga de ratas que está ocasionando, a parte de numerosos daños a nivel de la instalación eléctrica, y otros de estructura el correspondiente malestar a nivel de habitabilidad... Dice que no es responsabilidad suya.Se trata de una casa de campo, y la plaga de ratas no se da únicamente en esta casa, sino que ha sido en varios chalets colindantes... podría aclararme si la responsabilidad es de la arrendadora o es mía?
ResponderEliminarmuchas gracias
Buenas tardes Pedro,
ResponderEliminarMi consulta se refiere a una claúsula del contrato de alquiler con la Sociedad publica de Alquiler SPAVIV. Pienso que es una cláusula abusiva y hasta anticonstitucional: " La parte arrendataria declara en este acto que recibe la vivienda y mobiliario en correcto estado, compormetiendose a entregarlo al finalizar el arrendamiento en igual forma que lo ha recibido y a satisfacer en metálico el importe de los desperfectos que existieran a la terminación del mismo. Asimismo autoriza expresamente a que estos sean reintegrados, en primer termino de la fianza, según tasación realizada por la SOCIEDAD PUBLICA DE ALQUILER S.A. o perito que esta designe, a cuyo fallo se somete "
Esto quiere decir que no puedo reclamar la cantidad q ellos estimen de la fianza. Me quieren cobrar casi 400 € por limpieza y pintura,
Además, no me han devuelto todavía los 4 meses de deposito y fianza, 2800 € por lo que no puedo alquilar otra vivienda al estar en paro desde el 1 de julio y actualmente duermo en un sofá de prestado en casa de una amiga...
Gracias de antemano y un saludo
Buenos días:
ResponderEliminarMi caso es diferente, puesto que mi madre alquiló una casita. El echo, es que se firmó un contrato con opción a compra, de la cual se descontarían las arras y los meses abonados en caso de quedársela, pero que las arras, no se devolverían, pues así se estipuló en el contrato,por ser de alquiler con derecho a compra. Había una claúsula, de que el arrendatario tenía que avisar con dos meses de antelación antes de irse. El arrendatario se fué un sábado, sin previo aviso y avisando sólo ese mismo día a la agencia (según ellos) que nos hizo el tramite del alquiler. La agencia nos avisó a nosotros un lunes. El hecho es que ese mismo lunes fuimos a la agencia a recoger las llaves para ver el estado de la casa, cosa que ha sido deprodable. Todo lo que dejamos y que la agencia no hizo constar en ningún sitio, está en estado pésimo, así como muchos desperfectos por toda la vivienda a parte de toda la gran cantidad de basura que han dejado.
Hemos reclamado en la agencia el no avisarnos el mismo día,para que nosotors viésemos el estado, antes de que se fuera la inquilina, pero dicen que ellos no se hacen cargo de nada, que sólo hicieron de intermediarios para alquilar la casa, momento en el cual, se llevaron una comisiión.
¿Puedo hacer algo al respecto?.
Me dan ganas de publicar en la página web que tiene la que era inquilina, lo que ha hecho, con las fotografías de todos los desperfectos, puesto que no quiere atender el teléfono, pero, ¿es legal que yo haga eso?
Gracias!
Mi casero quiere que le pague daños que sufrio su casa por causas naturales ademas de que se quedo con el depósito de $3,500.00 y $1,500.00 pesos mas que me pidio al dejarle su casa, ahor ame demanda y quiere que repare totalmente su casa cuando el en 2 años y medio que le pagamos la renta nunca hizo ningun mantenimiento todo lo que ocupaba la casa lo hice yo mismo. ¿que me recomienda?
ResponderEliminarBuenos días:
ResponderEliminarQuería preguntar los pasos a seguir en el siguiente caso.
Les cuento: resulta que este jueves, mi marido y yo hemos abandonado un piso que teníamos de alquiler desde 2008. Todo el proceso de abandono de piso lo hicimos correctamente, en la fecha señalada, incluso avisando meses antes mediante burofax con acuse de recibo.
Estuvimos de mudanza esta semana y limpiando el piso.
El día de entrega de llaves y firma del contrato, la dueña(con la que ya habíamos tenido algún que otro roce desde que conocía nuestras intenciones de irnos: nos cobró la tasa de basuras a 7 días de irnos sin figurar en el contrato, alegando que ahora que nos vamos, nos la cobra) pues resulta que entró por la puerta haciendo un teatro increíble, que si su piso estaba sucio, que no era así, que se ponía mala, ect...alegando fotos de cuando era nuevo y claro: mi marido y yo en ese momento, estábamos alucinados, no dábamos crédito. Más que nada porque habíamos estado limpiando y dejando el piso bien antes de irnos.
Pues la dueña, nos asustó a todos en ese momento, debido a su carácter, nos dijo muchas amenazas. Escribió en el fin de contrato en desperfecto 1 que el piso necesitaba una limpieza y que nos la descontará de la fianza(1500 euros).Yo me puse muy nerviosa y firmé para poder irme ya de allí. Me han comentado familiares que debería haber puesto "no conforme" pero el error fue que no lo hice.
La dueña dice que va a contratar por no sé cuantos días a una chica de confianza y que nos descontará "lo que sea" de la fianza.
Ayer volvió a llamar y dice que la lavadora está mal, que quiere una nueva, que también lo descontará de la fianza. Y más cosas que nos dirá, todas ellas a descontarnos de la fianza(estas cosas no han sido puestas en el fin de contrato el jueves).
Esto puede ser posible? y más aún estando las cosas que menciona bien?
Nos está tomando el pelo por conseguir nuestro dinero... qué pasos debo seguir? qué derechos tengo?
Un saludo y gracias.
tengo una duda,como arrendatario que acciobes tengo contra la comunidad??? ocontra la propiedad del inmueble???? sólo puedo dirigirme contra mi arrendador, o también contra los otros?
ResponderEliminarBuenos dias. Me llamo Marta y mi pareja y yo alquilamos a fecha de 1 de febrero este año un piso en Cordoba. estubimos limpiando durante 5 dias puesto que el piso nos lo dejaron echo un asco, dejamos la cocina para lo ultimo. el dia que nos dispusimos a limpiar la cocina nuestra sorpresa fue encontrar mas de 40 cucarachas repartidas por la cocina, muertas algunas de acia tiempo y otras supongo que del insecticida que echamos el dia que llegamos por precaucion. la casera accedio a mandar una mujer a limpiar la cocina, dicha limpiadora no daba credito de lo que veia, de la mierda, bichos e infeccion que tenia la cocina. tras marcharse la limpiadora realizamos una inspeccion a fondo, y vimos muchisimos huevos de cucarachas,
ResponderEliminartras quejarnos la casera accedio a mandar una inspeccion de una empresa de control de plagas por k creia que le mentiamos, para su sorpresa, la señora que realizo la inspeccion dijo que habia una plaga importante de nivel 2 o algo asi, que abia k acer tratamiento de polvos,, mas trampas,, mas bunkerizar la casa,revisiones frecuentes,,,,, y lo mas importante de todo que estan estudiando las arquetas y tuberias principales del bloque por k la plaga esta extendida en todo el bloque,,,, lo cual sera un problema a largo plazo,,, ,,, ahora tambien estan liandola en el baño puesto que le cala agua al vecino de abajo,,,, un lio,,,
tras unos dias malisimos hemos decidido cancelar el contrato.no pensamos vivir ahi y tener que estar temiendo.
MI PREGUNTA ES: ¿Que podemos recuperar de lo que hemos dado?
hemos pagado 525 de agencia
525 de mensualidad de febrero
y 525 de fianza.
Nos dijeron que si eso por acernos el favor nos devolvian la finza y no nos pedian indemnizacion por incumplimiento de contrato, pero yo creo que el contrato lo an incumplido ellos por no estar habitable el piso el dia de la firma no?, Ademas con todo el lio nisiquiera emos estado viviendo alli ni un solo dia, solo limpiando. y el piso en el que estabamos y en el que al final nos kedamos emos pagado tambien febrero con lo cual estamos sin un duro. aunque estamos dispuestos a ir a por todas.
PODEMOS RECUPERARLO TODO?, DEBEMOS LUCHAR ALMENOS POR LA FIANZA Y EL MES DE FEBRERO?
SI PERDIERAMOS EL JUICIO QUE PASARIA?
POR FAVOR ESPERO QUE PUEDA AYUDARME. GRACIAS.
Buenas tardes Necesito ayuda. El dia 1 deje el piso en el que me estaba alquilada, firmando la entrega de llaves del mismo, en el que no se especifica nada relativo a fianza y desperfectos ya que estaba en buen estado. Hace unos dias me comunican que no me van a devolver nada en base a unos supuestos desperfectos y suciedad, de los que no he recibido comunicacion ni presupuesto ni factura. Una semana despues de dejar el piso me consta que contrataron una inmobiliaria que comenzo a enseñar el piso de nuevo. Debo hacerme cargo de desperfectos jamas notificados,sin factura, o notificados despues que el dueño ceda las llaves a terceros?
ResponderEliminarhola doctor pedro hernandes necesito una ayuda tengo un locar arquilado hay unas goteras en su techo quisiera saber a quien le corresponde el arreglo muchas gracias por su atencion espero su respuesta gracia
ResponderEliminarA Anónimo: La reparación de esas goteras corresponde al causante de las mismas que puede ser la Comunidad o el vecino de arriba, normalmente
ResponderEliminarBuenas tardes Doctor Pedro Hernández, queria preguntarle con respecto a la pregunta de si se produce un incendio en una vivienda arrendada ¿hasta que punto es responsabilidad del inquilino?me ha quedado claro que se presume que el inquilino es culpable a no ser que demuestre que obró con la debida diligencia y por tanto no es culpable; pues para ello habría de aportar unas pruebas.. y cuáles? puesto que sólo tengo testigos y no tengo fotos ni otros medios de prueba... muchas gracias de antemano. Un Saludo, Laura Hernández
ResponderEliminarLaura, para determinar quien es el responsable de los daños producidos por un incendio primero habrá que determinar las causas que produjeron ese siniestro.
ResponderEliminarBuenos días Pedro, espero pueda ayudarme en mi caso. Hemos estado viviendo durante cerca de 3 años en un piso de alquiler. Al encontrar nueva vivienda avisamos al dueño con dos meses de antelación que íbamos a dejar el piso. Todo fue bien hasta despúes de firmar la finalización del contrato y devolver las llaves (según el dueño estaba todo correcto). Justo al mes de la firma, nos envia un email diciendo que nos descontaba la mitad de la fianza por los siguientes motivos:
ResponderEliminar- Impuestos 2011 y parte proporcional de 2012 de cloacas y basura
- Desperfectos en el parqué el pasillo
- Pintura
- Limpieza
- Marco de la puerta de la cocina con golpes
- Mueble de la cocina con una mancha
- Desperfectos en el horno
- Filtros Osmosis
- Mando aire acondicionado
He de decir que según sus alegaciones el piso estaba perfecto de pintura, solo habian grietas en las paredes. De limpieza no se puede quejar porque estubimos más de una semana limpiandolo. Los deperfectos en el horno se los ha inventado, solo estaba sucio por su uso. Tema de filtros se cambiaron (cosa que el no hizo cuando nos entregó el piso) y el mando a distancia está en la casa y funciona.
Mi pregunta es, y pido disculpas por la extensa cuestión, ¿es correcto que pueda descontar todo eso de la fianza?¿que podemos hacer al respecto?
Muchas gracias.
Buenos días Pedro, espero pueda ayudarme en mi caso. Hemos estado viviendo durante cerca de 3 años en un piso de alquiler. Al encontrar nueva vivienda avisamos al dueño con dos meses de antelación que íbamos a dejar el piso. Todo fue bien hasta despúes de firmar la finalización del contrato y devolver las llaves (según el dueño estaba todo correcto). Justo al mes de la firma, nos envia un email diciendo que nos descontaba la mitad de la fianza por los siguientes motivos:
ResponderEliminar- Impuestos 2011 y parte proporcional de 2012 de cloacas y basura
- Desperfectos en el parqué el pasillo
- Pintura
- Limpieza
- Marco de la puerta de la cocina con golpes
- Mueble de la cocina con una mancha
- Desperfectos en el horno
- Filtros Osmosis
- Mando aire acondicionado
He de decir que según sus alegaciones el piso estaba perfecto de pintura, solo habian grietas en las paredes. De limpieza no se puede quejar porque estubimos más de una semana limpiandolo. Los deperfectos en el horno se los ha inventado, solo estaba sucio por su uso. Tema de filtros se cambiaron (cosa que el no hizo cuando nos entregó el piso) y el mando a distancia está en la casa y funciona.
Mi pregunta, y pido disculpas por la extensa cuestión, ¿es correcto que pueda descontar todo eso de la fianza?¿que podemos hacer al respecto?
Muchas gracias,
La respuesta está en función del documento de fin de contrato cuyo contenido no expone
ResponderEliminarBuenas tardes,
ResponderEliminarTengo una casa arrendada hace dos años, alrededor del medio año viviendo allí se presento una humedad a tal punto que la casa según el organismo de salud es inhabitable por la cantidad de moho que se produjo en las paredes de la casa, ahora la dueña quiere que yo le entregue la casa en buen estado osea pintada y sin ninguna humedad alegando que es culpa de mi mascota que la casa este así..el contrato ya finalizo pero no me quiere recibir las llaves de la casa porque dice que yo tengo que arreglar..que puedo hacer?? nisiquiera los de la inmobiliaria quieren recibir las llaves... gracias por su ayuda.
Una consulta. En una casa alquilada hace 5 meses, hoy surgen muchas hormigas en los dormitorios que tienen pisos de madera. Surgen por los zócalos. Al momento de alquilarla no existían. Quién debe hacerse cargo del consto de fumigación? Locador o locatario?
ResponderEliminarDado que las hormigas hacen desastres si no se las combate. Quién se hace cargo de los daños que pudieron ocasionarse??
Gracias. Patricia
Una consulta. En una casa alquilada hace 5 meses, hoy surgen muchas hormigas en los dormitorios que tienen pisos de madera. Surgen por los zócalos. Al momento de alquilarla no existían. Quién debe hacerse cargo del consto de fumigación? Locador o locatario?
ResponderEliminarDado que las hormigas hacen desastres si no se las combate. Quién se hace cargo de los daños que pudieron ocasionarse??
Gracias. Patricia
soy rosa,
ResponderEliminarvivo arrendada en un apto, y desde que me mudé las tuberias de la casa se tapan y el agua de los demas apartamento sale por el lavadero y el lavamanos, y deseo que el señor me arregle las tuberías. ¿existe algun articulo que yo le pueda enunciar en una carta que pienso hacer para que me arregle el problema?
Rosa, parareclamar esa reparación lo rimero que es preciso es determinar la causa, ya que de ello dependerá que esté obligada a reparar la Comunidad, el dueño o el inquilino.
ResponderEliminarBuenas Tardes,
ResponderEliminarllevo viviendo en el piso que alquile casi 6 años.
el dia de hoy se ha dañado el calentador caldera y llame a gas natural y al tecnico y me dicen que se ha roto algo interno de la valvula y que esta daño fue ocasionado por antiguedad del calentador y la cal lo daño.
he llamdo a la inmobiliaria con los que tengo el piso y me dicen que tengo que pagarlo yo y son casi 500 euros!!
que hago?
ayuda por favor!!!
Buenas Tardes,
ResponderEliminarllevo viviendo en el piso que alquile casi 6 años.
el dia de hoy se ha dañado el calentador caldera y llame a gas natural y al tecnico y me dicen que se ha roto algo interno de la valvula y que esta daño fue ocasionado por antiguedad del calentador y la cal lo daño.
he llamdo a la inmobiliaria con los que tengo el piso y me dicen que tengo que pagarlo yo y son casi 500 euros!!
que hago?
ayuda por favor!!!
Buenas Tardes,
ResponderEliminarllevo viviendo en el piso que alquile casi 6 años.
el dia de hoy se ha dañado el calentador caldera y llame a gas natural y al tecnico y me dicen que se ha roto algo interno de la valvula y que esta daño fue ocasionado por antiguedad del calentador y la cal lo daño.
he llamdo a la inmobiliaria con los que tengo el piso y me dicen que tengo que pagarlo yo y son casi 500 euros!!
que hago?
ayuda por favor!!!
Luisa Flores en este reducido ámbito y sin mas datos solo puedo decirle que conforme a la Ley la teoría es muy fácil: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco
ResponderEliminarBuenas, estoy de alquiler en un piso y hace unos meses tuvimos un incendio por un despieste con una sarten, la dueña del piso nos dijo que el seguro lo cubria todo y ahora ese seguro nos reclama la factura.
ResponderEliminarEl tema es que aparte del alquiler del piso estoy pagando una cantidad adicional todos los meses por el seguro del piso y claro puedes imaginarte mi sorpresa cuando vi que el seguro no nos cubría a nosotros.
Hasta que punto es legal que dueña y seguro se hagan cargo de todas las reparaciones, limpieza, etc y luego nos quieran endosar a nosotros la factura? no se supone que la dueña del piso nos debería de haber asegurado al estar pagandole nosotros todos los meses el seguro?
Buenas, estoy de alquiler en un piso y hace unos meses tuvimos un incendio por un despieste con una sarten, la dueña del piso nos dijo que el seguro lo cubria todo y ahora ese seguro nos reclama la factura.
ResponderEliminarEl tema es que aparte del alquiler del piso estoy pagando una cantidad adicional todos los meses por el seguro del piso y claro puedes imaginarte mi sorpresa cuando vi que el seguro no nos cubría a nosotros.
Hasta que punto es legal que dueña y seguro se hagan cargo de todas las reparaciones, limpieza, etc y luego nos quieran endosar a nosotros la factura? no se supone que la dueña del piso nos debería de haber asegurado al estar pagandole nosotros todos los meses el seguro?
Buenas, estoy de alquiler en un piso y hace unos meses tuvimos un incendio por un despieste con una sarten, la dueña del piso nos dijo que el seguro lo cubria todo y ahora ese seguro nos reclama la factura.
ResponderEliminarEl tema es que aparte del alquiler del piso estoy pagando una cantidad adicional todos los meses por el seguro del piso y claro puedes imaginarte mi sorpresa cuando vi que el seguro no nos cubría a nosotros.
Hasta que punto es legal que dueña y seguro se hagan cargo de todas las reparaciones, limpieza, etc y luego nos quieran endosar a nosotros la factura? no se supone que la dueña del piso nos debería de haber asegurado al estar pagandole nosotros todos los meses el seguro?
Anónimo: Normalmente no contesto aquí estas consultas anónimas pero aunque plantea una cuestión habitual en su caso con alguna faceta distinta. Si el incendio se ha originado por su 'culpa' -por un despieste con una sarten- y no tiene un seguro de responsabilidad civil el seguro de daños de la dueña reparará y a continuación le reclamará al responsable: vd.
ResponderEliminarSin embargo dice que está pagando una cantidad en concepto de seguro, ahí estriba su defensa, habría que conocer mas detalles. Desde luego este no es el lugar adecuado para ello.
Hola,
ResponderEliminarun vecino se ha dado un golpe en la pared de la comunidad con el coche, la reparación se la paga el seguro, pero el albañil de la comunidad ha reparado el desperfecto por un importe mayor a la valoracion del perito, puede la comunidad pedir la diferencia al vecino causante del destrozo?
Muchas Gracias
tomamos en alquiler un local hace dos meses, entro un hombre y nos amenazo de muerte si no le dábamos dinero, estabamos atemorizados por esto he incluso cerramos el local por temor que nos haga algo, el contrato esta por seis meses, por nuestra integridad y al derecho a la vida podemos romper un contrato de arrendamiento. gracias por su respueta estamos muy asustados
ResponderEliminartomamos en alquiler un local hace dos meses, entro un hombre y nos amenazo de muerte si no le dábamos dinero, estabamos atemorizados por esto he incluso cerramos el local por temor que nos haga algo, el contrato esta por seis meses, por nuestra integridad y al derecho a la vida podemos romper un contrato de arrendamiento. gracias por su respueta estamos muy asustados
ResponderEliminarCatalina, me temo que el arrendador no es responsable de ese suceso, por lo tanto no pueden abandonar el arriendo sin contar con él.
ResponderEliminarDON PEDRO MUCHO GUSTO EN SALUDARLO
ResponderEliminarPRIMERO QUE NADA FELICITARLO POR SU ATENCION QUE ES MUY BUENA COMO VEO...
LE CUENTO ARRENDE UNA CASA POR 4 MESES CUANDO LLEGAMOS HABIA UNA CAÑERIA TAPADA TRATAMOS DE REPARARLO PERO CUANDO LA DESTAPAMOS SALIO DESAGRADABLE Y LA ARREGLAMOS PERO QUEDO UNA GOTERA QUE NO LA REPARAMOS Y CAUSO MAL OLOR Y LA DUEÑA NOS ECHARA A SANIDAD ... QUE AGO ?? ES MI OBLIGACION RESPONDER POR ALGO QUE ESTABA MALO Y YO TRATE DE REPARARLO SIN QUE LA DUEÑA NO SE PONGA CON LOS MATERIALES.. SALUDOS
PEDRO SILVA CARRASCO
a pedro silva, no conviene tomar ese tipo de iniciativas en una vivienda arrendada
ResponderEliminar35Hola, alquilé un local para abrir un negocio hace 6 meses. Al enseñanarme el local el dueño las puertas automáticas de entrada no funcionaban y me dijo que era un problemilla sin importancia y yo, un poco iluso, le creí. Aunque firme que estaba todo en perfecto estado, como no soy técnico, descubrimos que era un grave problema de subida de tensión en la instalación electrica que quemó literalmente parte de ella, entre otras cosas las puertas de entrada mencionadas. Mande un burofax al dueño y se negó a repararlas diciendo que yo había accedido a efectuar la reparación antes de entrar (Sería tonto si me comprometiera yo a pagar de mi bolsillo mas de 2000 euros y eso no se lo cree nadie pero bueno. El caso es que han pasado 5 meses desde aquello, las he reparado de mi bolsillo y mi pregunta es si, dada la negativa de él y la constancia de un burofax mio nada mas entrar, si se lo podría descontar del precio de la renta, comunicándoselo por burofax
ResponderEliminarJulian, para contestar con alguna seguridad habría que conocer el contenido de ese fax y la forma en que fue contestado.
ResponderEliminarHola Don Pedro, el 30 de septiembre Finalizó el alquiler de un año, quedamos tres veces con el arrendador para la entrega de llaves , puso pegas y todas las solucioné, cuando le di las llaves no me dió copia de que las habia entregado ni nada, se que no va devolverme la fianza y hará lo que sea, ya que me enteré que el dia anterior a la entrega de llaves intento cobrar un aval que nos exigió pero el banco lo denegó por estar todo pagado. aun puedo hacer algo para que un notario compruebe la vivienda? gracias de antemano
ResponderEliminarmikel el mayor problema que tiene es que no debió permitir que el casero no le diera copia del finiquito del arriendo, ahora debe tratar de sustituirlo por un burofax, entiendo que un notario no le va a resolver demasiado.
ResponderEliminarHola. Se ha estropado la valcula de una caldera de gas en un piso alquilado. A quien le corresponde pagarlo ¿al dueño o al inquilino?
ResponderEliminarbuenos dias ,he alquilado un piso y hemos pagado seis meses del arrendamiento pero a los tres dias empezo a llover y por la cocina y cuarto de baño era como si estuviera en la calle ,se me ha estropeado todo lo que tenia tanto en la cocina como en el baño ,quiero irme d esa vivienda pues es terrorifica puedo recuperar mi dinero
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarveo que está ayudando a mucha gente con este tema. Se lo agradezco y le gustaría plantearle mi problema:
Pasado un mes y medio desde que firmé la renuncia del piso, me han ingresado la fianza de dos meses que tenían,que descontado facturas y "otros gastos" se queda en 999,24 euros de los 1600 entregados. Estos gastos se deben a (cito textualmente) "la propiedad se mostró disgustada con el estado de entrega del piso, especialmente la limpieza y el estado de pintura de las paredes".
Sólo por limpieza ya se me han descontado 120 euros (sin que haya visto ninguna factura hasta el momento), y me han descontado otros 394 euros como gasto provisional para la siguiente lista de cosas(traduzco del catalán y pongo en mayúsculas lo más resaltable):
- Las almohadas SE TENDRÍAN QUE LIMPIAR O TIRAR. No sólo no hacen distinción entre limpiar y comprar otras con mi dinero, tampoco tienen en cuenta que las almohadas se usan con funda y que no eran nuevas cuando entré en el piso, por lo que podrían tener AÑOS de uso...
- Se tiene que dar un REPASO FINAL de limpieza. Al parecer con 10 horas no hubo bastante. Repito, no he visto ninguna factura. Que se pudiera repasar la limpieza es posible, pero el piso estaba limpio cuando lo dejé. Si el estado fuera tan desastroso como lo pintan, quiero pensar que el representante de la inmobiliaria me lo habría dicho cuando vino a revisarlo en mi presencia el día de devolución de llaves.
- El entapizado de un par de sillas del comedor está UN POCO TOCADO. Pese a lo poco concreto que es este punto, tienen razón y no me importaría pagar ese arreglo. No son 400 euros.
- "Rejuntados preventivos en la ducha". Sin comentarios.
- En este punto, que no cito textualmente, indican que el calentador de agua funciona bien, pero que los inquilinos hemos informado de que ha dado algunos problemas, por lo que CONVENDRíA UNA REVISIÓN. La inmobiliaria no sólo no se interesa por mis problemas con el termo mientras vivo en el piso, sino que quiere que pague la revisión cuando me he ido y no tengo ningún control sobre lo que se gastan.
- EN ALGUNOS PUNTOS DEL PISO IRÍA BIEN UNA CAPA DE PINTURA. En algunos puntos, y una capa. El piso está exactamente igual de mal pintado que cuando entramos, con algunas manchas y parchones de otro color, porque no se pintó antes de nuestra entrada. Y por lo que tengo entendido la pintura no debe correr a nuestra cuenta.
- A la luz de la terraza le falta el protector que se estropeó por estar a la interperie. Iba a cambiarlo yo mismo pero no tuve tiempo. No me importa pagar eso. Tampoco cuesta 400 euros. Posiblemente no llegue ni a 4.
Esa es la lista provisional de gastos añadidos por la que me han descontado 394 euros (más el ABUSIVO gasto de limpieza) de mi fianza, y con la cual no tengo ni idea ahora mismo de lo que piensan hacer con mi dinero. Habiendo leído en más de un foro que declarar "estado de la limpieza, pintura y pequeños desperfectos" por cantidades menores a 600 euros es práctica habitual entre caseros, y teniendo en cuenta el hecho de que han ingresado el dinero fuera de su plazo de un mes, y habiendo descontado sin presentar facturas, me veo en la necesidad de pedir ayudar y consejo para saber cómo plantar cara y, evidentemente, que no me cueste más dinero del que tengo por recuperar.
Gracias
Isaac, contestar a sus preguntas exige conocer el contenido de ese documento que firmó como renuncia del piso
ResponderEliminarHola. Se ha estropado la valcula de una caldera de gas en un piso alquilado. A quien le corresponde pagarlo ¿al dueño o al inquilino?
ResponderEliminarHola don Pedro
ResponderEliminarllevamos en un piso de alquiler 3 meses, desde el principio la caldera estaba en mal estado como asi nos lo hizo saber Gas natural. Hemos pedido muchisimas veces que nos arreglen la caldera y mi casera se niega a hacerlo. Que puedo hacer ya que estamos desesperados, Gas Natural nos ha precintado la caldera porque hay fugas de gas.
muchas gracias
Hola don Pedro
ResponderEliminarUna duda. Acabo de concluir un contrato de arrendamiento en Barcelona, aunque ahora vivo en Zaragoza. Existe un conflicto porque el arrendador quiere cobrarme de la fianza unos gastos de corresponden a cosas que no registramos en el acta el día de la entrega de llaves. Ha tardado más de dos semanas en enviarme copia del acta, y ahora me encuentro con que ha añadido esas cosas al acta que firmamos, ha modificado el documento. ¿Qué puedo hacer? Gracias. Un saludo.
Hola don Pedro
ResponderEliminarAcabo de concluir un contrato de arrendamiento en Barcelona, ahora vivo en Zaragoza. Existe un conflicto porque el arrendador quiere cobrarme de la fianza unos gastos que corresponden a cosas que no registramos en el acta el día de la entrega de llaves. Ha tardado más de dos semanas en enviarme copia del acta, y ahora me encuentro con que ha añadido esas cosas al acta que firmamos, ha modificado el documento. ¿Qué puedo hacer? Gracias. Un saludo.
Rafael, con los escasos datos que aporta solo puedo decir que un documento firmado no puede ser modificado unilateralmente por uno de los firmantes.
ResponderEliminarhola tengo el siguiente problema:llevo 2 años y medio en un piso de alquiler con opcion a compra me lo dieron en su dia con desperfectos que segun el administrador me arreglarian en un plazo de 1 mes...asi llevo esete tiempo y no me han solucionado nada.el piso tiene grietas por techos y paredes y humedades en toda la casa,tengo una niña de dos años y esas humedades no son buenas para su salud puesto q siempre se me resfria a causa de ello.hara no mas de 5 meses vino un perito al piso a ver las condiciones y a hacer fotos fotos de los desperfectos pues to que se me estan estropeando todo el moviliario de la vivienda a causa de las humedades,lo que yo quisiera saber es como hago para que me duvuelvan la fianza de 1500 euros pra poder irme a buscar otra vivienda en mejor estado,puesto q no me han solucionado nada de los desprefecto q ya traia la vivienda.gracias que me aconseja q haga
ResponderEliminarBuenas tardes;
ResponderEliminarDar las gracias de antemano por la información que da en su blog, es de mucha utilidad.
Mi problema es el siguiente, llevo 5 meses viviendo en un piso de alquiler. Este piso se encuentra en un inmueble antiguo que fue rehabilitado hace unos años. Cuando alquilamos era julio, condiciones climatológicas buenas, etc... Ahora con las lluvias del invierno una de las paredes del piso muestra enormes manchas de humedad que afectan a dos dormitorios (entre ellos el de matrimonio) y un cuarto de baño. Mi intención primera es la rescindir el contrato ya que el piso no mantiene las condiciones que tenía el día en que cogí la llave -es insalubre dormir en esas condiciones-. ¿Podría decirme como actuar en este caso?
Muchas gracias
Anónimo debe tomar en consideración que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
ResponderEliminarBuenas tardes;
ResponderEliminarAnte todo darle las gracias por información y lo consejos que desde su blog da.
Mi caso es el siguiente:
Llevo de alquiler desde julio del presente año. A la entrega de llaves el piso estaba en perfecta condiciones, no presentaba desperfecto alguno. Hace unas semanas y con las primeras lluvias empezaron a aparecer diferentes manchas de humedad en las paredes de uno de los cuartos de baño, así como en un dormitorio -se usa como cuarto de la ropa-. También comenzó el fallo de algunas bombillas. Todo esto lo puse en conocimiento de la arrendadora que varios días después se persona en la vivienda para verificar lo que le había comunicado.
Para los problemas eléctricos me envía a un electricista que corrobora que esta todo empapado, el falso techo de escayola esta completamente húmedo, presentando machas marrones en toda la superficie, esto según comenta el electricista indica que todas las cogidas de la escayola están húmedas. Tras mirar las fichas de las bombillas y demás elementos eléctricos soluciona el problema de las bombillas, uno menos -de momento-.
En cuanto a las humedades, la arrendadora dice que es algo que le ocurre a la vivienda desde siempre, que esa pared es muy húmeda, etc... y que de momento no va hacer nada porque estamos en época de lluvias. Unos días después de la visita de la arrendadora las manchas de humedad aparecen en el dormitorio de matrimonio, donde dormimos mi pareja y yo a diario. Día tras días la manchas se hacen más grandes, el olor es más fuerte y la humedad en el dormitorio es enorme, llegando al punto de tener las sábanas húmedas e incluso las prendas del armario parecen estar mojadas.
Tras todo lo expuesto, mi intención es abandonar el piso ya que las condiciones que presenta distan mucho de las que tenía cuando lo alquilé. La concentración de humedad es tan alta que está empezando a afectar a mi salud, soy alérgico a la humedad y paso las noches muy mal.
Quisiera saber cómo actuar para rescindir mi contrato y recuperar mi fianza, ya que el motivo de la rescisión del mismo es ajeno a mi, simplemente el piso no es el mismo que alquilé.
Muchas gracias, un saludo desde Cádiz
OCELITO PRIMERO debería leer mi anterior respuesta, para rescindir un contrato de arrendamiento tiene que acudir al Juzgado provisto de un informe pericial que acredite el motivo de rescisión, en este caso la inhabitabilidad de la vivienda, para ello necesitará el concurso del técnico así como de Abogado y Procurador.
ResponderEliminarHola estoy un poco asustada por lo que se me viene encima, vivo de alquiler y hace unos meses se prendio fuego a una sarten alguien llamo a los bomberos (no se quien) y cuando vinieron ya estaba el fuego apagado ya que vino un vecino con el extintor de la escalera, ahora me llega una notificacion y me pasan factura de la asistencia de los bomberos casi 500€. Entraria esto en el seguro de la vivienda? si no es asi quien pagaria yo o la propietaria? gracias de antemano un saludo
ResponderEliminarAnónimo tendría que ver la póliza de seguro, lo habitual es que cubra el servicio de bomberos
ResponderEliminarBuenas tarde Pedro,
ResponderEliminarEn mi caso soy inquilina de una vivienda que sufrió un desperfecto debido a una avería del vecino. La avería terminó en que apareció moho por el techo y paredes de la habitación (la casa es una única estancia), de modo que se volvió inhabitable y tuve que abandonar la casa. Los seguros han tardado 2 meses en repararlo, uno de los cuales yo aboné la mensualidad, aun cuando no pude vivir allí, el segundo mes ya no hice el pago porque el inmueble seguía sin estar en condiciones.
Le he solicitado al propietario que me compense ese mes que pagué con el primero en que he podido regresar a casa pero dice ya está compensado con el mes que no aboné y que la vivienda no estaba habitable.
Por favor, ¿puedes decirme qué opciones tengo?
Muchas gracias
Belen: Sin mas datos es dificil dar una opinión fundadad. Si ha estado dos meses privada de esa vivienda, considero que debe ser exonerada de pagar esos dos meses.
ResponderEliminarBuenas Don Pedro,vivimos en una casa de alquiler y hemos tenido que desatascar la arqueta,el tecnico que vino dijo que el atasco es inevitable ya que se debe al uso de detergentes,¿le puedo reclamar los 60 euros de dicho desatasco a la propietaria?
ResponderEliminarRafa, puede reclamarselos, pero si no se los paga con esa reclamación veo dificil que una reclamación judicial prospere ya que puede considerarse un apequeña reparación a cargo del inquilino.
ResponderEliminarHola sr Hernandez tengo una duda vivo en un piso de alquiler hace dos años se a estropeado el termo electrico, la constructors del piso dice que lo tengo que reparar yo. Ya lo he cambiado la compra y adquision de ese termo debe correr por mi cuenta o del propietario. Tengo un seguro de hogar pero no me cubria eso,tambirn tengo que pagar yo el seguro de una vivienda en alquiler.
ResponderEliminarAnónimo: La sustitución del termo le corresponde a vd si ha sido originada por mal uso, en otro caso le corresponde al casero, sin embargo al haberlo vd sustituido sin contar con el dueño puede tener problemas para recuperar ese dinero
ResponderEliminarHola. He tenido mi casa alquilada a un inquilino que ha dado un golpe con su coche en la puerta de entrada a la finca y ahora no abre, además de deformarla y rayarla completamente. Se ha marchado ya de la vivienda y se niega a hacerse cargo de dichos daños. ¿Tiene obligación el seguro de su coche de cargar con los gastos de reparación de dicha puerta?. Gracias.
ResponderEliminarAnónimo: Es posible que el seguro a terceros cubra ese daño, pero vd debe reclamarle a su autor. ¿Tiene pruebas? ¿Dejo constancia de ese daño en el finiquito de contrato?
ResponderEliminarGracias por su respuesta, Sr.Pedro.
ResponderEliminarEfectivamente tengo pruebas y he dejado constancia en el documento de entrega de llaves. Tengo seguro en la vivienda, pero me dicen que al haber tenido una relación de contrato con el inquilino, no se hacen cargo de reclamarle los daños, por lo que me veo en la obligación de ir directamente al juzgado.
buen dia ojala y me pueda ayudar con esto le rente una vivienda a mi secretaria y su esposo sin firmar ningun contrato, pero ella dejo el trabajo sin avisar y la casa tambien la dejo pero esta esta en malas condiciones sin las puertas de los cuartos estan todas rotas, los vidrios igual, la pintura deteriorada, no pago la luz esta corteda y el recibo del agua tiene un adeudo de mas de $4,000 mil pesos no se donde localizarla que puedo hacer??? ayuda por favor
ResponderEliminarAnónimo, parece que describe un asituación ajena a España, de todas formas la solución también parece que sea denuncia en la Policía
ResponderEliminarBuenos dias
ResponderEliminarTengo una consulta, el pasado dia 31 de diembre mi pareja y yo dejamos un piso.
Has el dia de ayer no hemosrecibido noticias sobre la fianza.
Resulta que nos descuentan 1000€
El piso tenia parquet y resulta que despues de 3 años, en una de la habitaciones que se utilizaba de despacho, un trozo ha quedado rayado y gastado por las ruedas de la silla.
En el contrato en ningun momento especifica que el desgaste vaya a nuestro cargo
Es legal que se nos lo descuente?
Gracias
Buenos dias
ResponderEliminarTengo una consulta, el pasado dia 31 de diembre mi pareja y yo dejamos un piso.
Has el dia de ayer no hemosrecibido noticias sobre la fianza.
Resulta que nos descuentan 1000€
El piso tenia parquet y resulta que despues de 3 años, en una de la habitaciones que se utilizaba de despacho, un trozo ha quedado rayado y gastado por las ruedas de la silla.
En el contrato en ningun momento especifica que el desgaste vaya a nuestro cargo
Es legal que se nos lo descuente?
Gracias
Buenos dias
ResponderEliminarTengo una consulta, el pasado dia 31 de diembre mi pareja y yo dejamos un piso.
Has el dia de ayer no hemosrecibido noticias sobre la fianza.
Resulta que nos descuentan 1000€
El piso tenia parquet y resulta que despues de 3 años, en una de la habitaciones que se utilizaba de despacho, un trozo ha quedado rayado y gastado por las ruedas de la silla.
En el contrato en ningun momento especifica que el desgaste vaya a nuestro cargo
Es legal que se nos lo descuente?
Gracias
Buenos dias
ResponderEliminarTengo una consulta, el pasado dia 31 de diembre mi pareja y yo dejamos un piso.
Has el dia de ayer no hemosrecibido noticias sobre la fianza.
Resulta que nos descuentan 1000€
El piso tenia parquet y resulta que despues de 3 años, en una de la habitaciones que se utilizaba de despacho, un trozo ha quedado rayado y gastado por las ruedas de la silla.
En el contrato en ningun momento especifica que el desgaste vaya a nuestro cargo
Es legal que se nos lo descuente?
Gracias
Buenos dias
ResponderEliminarTengo una consulta, el pasado dia 31 de diembre mi pareja y yo dejamos un piso.
Has el dia de ayer no hemosrecibido noticias sobre la fianza.
Resulta que nos descuentan 1000€
El piso tenia parquet y resulta que despues de 3 años, en una de la habitaciones que se utilizaba de despacho, un trozo ha quedado rayado y gastado por las ruedas de la silla.
En el contrato en ningun momento especifica que el desgaste vaya a nuestro cargo
Es legal que se nos lo descuente?
Gracias
Francesc Collado: Tal como relata los hechos estimo que su excasero no tiene derecho a descontar esa cantidad de la fianza, ya que cabe considerar que esos desperfectos son consecuencia del uso y desgaste oridinario y correponde soportarlos al casero. No obstante sería preciso conocer mas datos para determinar la actuación qu edeben seguir.
ResponderEliminarBuenos dias
ResponderEliminarMuchas gracias por su contestacion
Referente al mismo tema tambien queria comentarle un par de temas mas
De la fianza se nos descuentan 200€ en concepto de limpieza
Al dejar el piso nosotros limpiamos el piso naturalmente, pero segun la agencia no estaba a gusto de ellos, en verdad que en el baño producto de la humedad habian manchas negras de humedad que al limpiarlo no salieron del todo
Pero sin previo aviso ni nada, la agencia encargo una limpieza externa q ahora se nos esta cobrando
Es legal que nos lo cobren?
Saludos
Buenos dias
ResponderEliminarMuchas gracias por su contestacion
Referente al mismo tema tambien queria comentarle un par de temas mas
De la fianza se nos descuentan 200€ en concepto de limpieza
Al dejar el piso nosotros limpiamos el piso naturalmente, pero segun la agencia no estaba a gusto de ellos, en verdad que en el baño producto de la humedad habian manchas negras de humedad que al limpiarlo no salieron del todo
Pero sin previo aviso ni nada, la agencia encargo una limpieza externa q ahora se nos esta cobrando
Es legal que nos lo cobren?
Saludos
Buenas tardes D. Pedro, mi consulta es genérica, no personal: En caso de que en el acto de entrega de llaves y devolución de la fianza el arrendador se oponga a la firma del documento de fin de contrato y a la devolución de la fianza, ¿qué medida se debe tomar?. Me pongo en el caso de que en el contrato figure que el arrendador devolverá la fianza a la entrega de las llaves, sin embargo si no se firma ningún documento en dicha entrega y no procede a la devolución de la misma, posteriormente podría alegar haberla devuelto sin haberlo hecho. ¿Sería aconsejable no abandonar el piso y llamar a las fuerzas de seguridad para interponer denuncia "in situ"?. Gracias y un saludo.
ResponderEliminarManuel: Plantea un importante problema que en cierto modo ha sido tratado en este blog: http://www.pedrohernandezabogado.com/2012/08/que-hacer-cuando-el-casero-se-niega.html
ResponderEliminarSi el inquilino tiene la sospecha de que el casero se negará a firmar la entrega de llaves y fin de contrato, puede ser aconsejable que acuda a ese entrega acompañado de dos testigos que aseveren, caso de necesidad, el hecho de la entrega de llaves.
En cuanto a la devolución de la fianza hay que poner de manifiesto que el casero, por imperativo legal, goza de treinta días de plazo para su devolución a partir del fin de contrato.
Quien afirma una cosa debe probarla por lo tanto si el casero afirma haber devuelto la fianza debe acreditarlo.
Por último la las FCSE nada tienen que decir o hecer en un asituación como la que describe.
Hola, vivo en un piso de estudiantes, llevo en este piso unos 3 años, y puedo asegurar que es bastante viejo. Se nos ha roto la nevera por el desgaste de tantos años, ya que, es vieja, el dueño se niega a pagarla dice que la tenemos que pagar nosotras que solo tiene 3 años. Le he dicho que me enseñe la garantía si es verdad que tiene 3 años, y rápidamente ha aumentado los años de la nevera. La cosa es que leyendo atentamente el contrato firmado pone: El Arrendatario, quien previamente ha procedido al examen exhaustivo y pormenorizado del piso arrendado y sus accesorios, declara que reciben todo lo arrendado en perfecto estado para el uso a que se destina y presto para ser ocupado, al completo de instalaciones, servicios y elementos de todas clases y de igual estado habrá de devolverlo cuando se termine el contrato, siendo de cuenta del arrendatario todas las reparaciones que hayan de realizarse por daños causados por éstos,por mal uso, omisión o negligencia, siendo asimismo, a cargo del arrendatario, las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, sus accesorios y de cuanto forme parte o sea anejo a lo cedido en arrendamiento.
ResponderEliminarNo sé si podemos hacer algo para que lo pague, por que este piso lleva en alquiler mucho tiempo, por no decir unos 20 años y no es nuestra culpa que los electrodomésticos sean viejos...
Gracias
Hola, vivo en un piso de estudiantes, llevo en este piso unos 3 años, y puedo asegurar que es bastante viejo. Se nos ha roto la nevera por el desgaste de tantos años, ya que, es vieja, el dueño se niega a pagarla dice que la tenemos que pagar nosotras que solo tiene 3 años. Le he dicho que me enseñe la garantía si es verdad que tiene 3 años, y rápidamente ha aumentado los años de la nevera. La cosa es que leyendo atentamente el contrato firmado pone: El Arrendatario, quien previamente ha procedido al examen exhaustivo y pormenorizado del piso arrendado y sus accesorios, declara que reciben todo lo arrendado en perfecto estado para el uso a que se destina y presto para ser ocupado, al completo de instalaciones, servicios y elementos de todas clases y de igual estado habrá de devolverlo cuando se termine el contrato, siendo de cuenta del arrendatario todas las reparaciones que hayan de realizarse por daños causados por éstos,por mal uso, omisión o negligencia, siendo asimismo, a cargo del arrendatario, las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, sus accesorios y de cuanto forme parte o sea anejo a lo cedido en arrendamiento.
ResponderEliminarNo sé si podemos hacer algo para que lo pague por que este piso lleva en alquiler mucho tiempo, por no decir unos 20 años y no es nuestra culpa que los electrodomésticos sean viejos...
Gracias
Iris debería tener en cuenta la regla general el inquilino debe pagar las pequeñas reparaciones y las ocasionadas por mal uso, todo lo demás corresponde al propietario, el pacto que aparece en su contrato es nulo en cuanto vulnera la anterior regla.
ResponderEliminarHola buenas, el caso es que me quieren cobrar la pintura una vez dejado el piso. El piso está lleno de moho, el casero lo sabía, se lo dije como 6 veces, en la gestoría también por que se lo comenté en cuánto salió la 1 vez. Ahora quieren que pague la mitad del presupuesto que asciende a 1500 € según el pintor y paleta puesto por la gestoría. Tengo fotos de cómo quedó el piso con moho. Y cómo quedaron mis muebles llenos tambien.
ResponderEliminarQue puedo hacer?
Anónimo en primer lugar habría que determinar las causas de ese moho que difícilmente le serán imputables.
ResponderEliminarPor otra parte habría que conocer la forma en que se dio por terminado el arriendo, es decir el documento de finiquito de contrato.
Hola pedro mi caso es que alquile un piso y mi casera no me paso las facturas de luz y agua de un año que le pedi mil veces y me decia que estaba muy ocupada.Ahora cuando deje el piso en diciembre hizo un papel como que yo dejaba el piso pero que en un plazo de cuatro meses tenia que abonar la cantidad que debia de luz y agua.yo he ido ingresandole cada mes pero aun me falta la mitad y me va a denunciar.si yo le estoy pagando cada mes tiene razones? Me faltan 500 euros por darle y cinco meses despues de la entrega de llaves me dice que a llamado a un perito que le he dejado el piso fatal y es mentira tengo fotos necesito su consejo porfavor
ResponderEliminarAnónimo, al termino de un alquiler es mas que conveniente que se firme un documento de fin de contrato en el que se hagan constar los desperfectos que puedan existir en la vivienda, ignoro si eso se hizo, de todas formas transcurridos cinco meses no veo fácil que la arrendadora pueda imputarle supuestos daños de la finca en el momento de entregar las llaves.
ResponderEliminarteniamos alquilado un piso a traves de una agencia, los ultimos tres meses no han pagado y se presentaron en la agencia devolvieron las llaves y firmaron los papeles de cancelacion, cuando fuimos a ver el piso estaba echo un desastre, grafitis en paredes y puertas, marcos arrancados, desperfectos en paredes. Que responsabilidad tiene la agencia y que podemos hacer ya que nos costara un buen dinero arreglar esto.
ResponderEliminarGracias
Carlos
Carlos, dependiendo de las instrucciones que tuviera la agencia podrá o no reclamarles daños y perjuicios por admitir las llaves y el finiquito de contrato sin comporbar elestado del piso
ResponderEliminarSoy fontanero y he cambiado un grifo de una vivienda alquilada a solicitud de la administradora, porque los inquilinos son extranjeros y los dueños viven en otra provincia. Ahora, los dueños me dicen que no me quieren pagar la factura ¿puedo reclamar a los inquilinos? No hice presupuesto porque tenia que ser rapido.
ResponderEliminarAnónimo, entiendo que quiene pagarle es quien le encargo ese trabajo
ResponderEliminarEl casero, después de revisar el piso, nos hizo un documento de fin de contrato que firmamos y que estuvimos ambos de acuerdo, y al mismo día siguiente nos dice que hay un estor roto y con pegamento y cinta aislante (y dice que tiene que pintar la pared por eso), del que nosotros no sabemos nada. Supuestamente el mismo dia entraban los nuevos inquilinos, pero luego dice que no han entrado aún (El día anterior tenía muchas prisas por que entraran). También nos ha dicho que mandaría un perito y que nos mandaría una carta de su abogado.
ResponderEliminarQuiero saber si con el documento de fin de contrato, lo del estor nos lo puede cobrar también, y otros desperfectos como unos agujeros de chinchetas que nosotros ni habíamos hecho ni sabíamos nada.
También nos quiere cobrar el perito.
Muchas gracias
Alice, si tiene un documento de fin de contrato sin objeciones por parte del casero, ahora no puede "volverse atrás"
ResponderEliminarBuenas, estoy de alquiler, han hecho obra por humedades en dos habitaciones, me he tenido que salir de la casa ya que tengo un hijo de 11 meses, y llevo sin vivir en ella 8 días y todavía no han terminado, y no solo eso sino que me ha aparecido mi televisión de 46 partida, el de la obra no se hace cargo, el piso esta lleno de suciedad por la obra ¿deberia pagarle este mes del alquiler por no estar viviendo?¿su seguro tiene que acerse cargo de la television?¿el dueño de la casa tiene que limpiar el piso despues de la obra?
ResponderEliminarBuenas, estoy de alquiler, han hecho obra por humedades en dos habitaciones, me he tenido que salir de la casa ya que tengo un hijo de 11 meses, y llevo sin vivir en ella 8 días y todavía no han terminado, y no solo eso sino que me ha aparecido mi televisión de 46 partida, el de la obra no se hace cargo, el piso esta lleno de suciedad por la obra ¿debería pagarle este mes del alquiler por no estar viviendo?¿su seguro tiene que hacerse cargo de la televisión?¿el dueño de la casa tiene que limpiar el piso después de la obra?
ResponderEliminarBuenas, estoy de alquiler, han hecho obra por humedades en dos habitaciones, me he tenido que salir de la casa ya que tengo un hijo de 11 meses, y llevo sin vivir en ella 8 días y todavía no han terminado, y no solo eso sino que me ha aparecido mi televisión de 46 partida, el de la obra no se hace cargo, el piso esta lleno de suciedad por la obra ¿debería pagarle este mes del alquiler por no estar viviendo?¿su seguro tiene que hacerse cargo de la televisión?¿el dueño de la casa tiene que limpiar el piso después de la obra?
ResponderEliminarDavid contesto a sus preguntas:
ResponderEliminar1.- no debe dejar de pagar el alquiler, se expone a un desahucio en el que no podrá alegar esas obras.
2.- habría que examinar esa póliza en y todo caso si puede probar que la rotura ha sido consecuencia de las obras, tiene derecho a reclamar la sustitución
3.- consigo que deben dejar la vivienda habitable.
Buenas,
ResponderEliminarpero al no poder hacer uso de la vivienda durante el proceso de las obras, ¿tengo que pagarle el mes completo? o debería haber una reducción de ese dinero por no poder utilizar la vivienda,
un salñudo y muchas gracias por todo
Buenas,
ResponderEliminarpero al no estar habitable la vivienda, y no poder vivir en ella, tengo que pagarle todo el contenido del mes, o por el contrario debería haber una reducion ya que ahora mismo no puedo vivir en la casa,
un saludo y muchas gracias por todo
David, si el casero no admite esa reducción el único que puede acordarla es al Juez, a su instancia
ResponderEliminarBuenas,
ResponderEliminarsabéis en Madrid donde puedo ir a pedir Certificado del Servicio de Índices del registro de la propiedad, veo que ahí muchas web pero no me fió, por pagar online y que luego no me lo manden,
un saludo y gracias
El Registro de la Propiedad tiene una página web propia para estos menesteres.
ResponderEliminarBuenas,
ResponderEliminarya comente hace unas semanas lo que me estaba pasando, y voy a tener que denunciar al dueño de la casa mañana sino me devuelve la fianza, os pongo lo que me pasa, para ver si me podeis comentar como poner y que decir al poner la denuncia:
En la casa que estaba de alquiler, salieron humedades estancadas, me dijeron dos días que reparaban el problema, y la obra lleva 17 días, todo empezo el 30 de junio, y ahora hasta septiembre no van a terminar, yo lógicamente hable con el propietario y le dije que el mes de julio no iba a pagarlo si tardaban mas de 7 días, el estuvo de acuerdo, el 1 de julio salimos yo, mi pareja y mi hijo de 11 meses de la casa, como veiamos que se alargaba la obra mas de dos dias como me dijeron, a los 8 dias le dije que me iba del piso, el dueño estuvo de acuerdo, recogimos todas nuestras cosas nos fuimos y dejamos el piso, le comente que la luz deberia cambiar el titular, no me hacia ni caso, entonces he ido a iberdrola y la he dado de baja porque estaba a mi nombre , era el titular y logicamente sino vivo alli no tengo porque pagar la luz, hoy le he vuelto a llamar y no me quiere pagar la fieanza porque dice que he dado de baja la luz y a el si la da de alta le cobran y por eso no me devuelve la fianza de 550 euros, todavía las llaves no se las he devuelto, porque tengo pensado entregarlas en el juzgado en cuanto ponga la denuncia, llevo sin vivir allí desde el 1 de julio, yo he pagado durante un año todos los meses hasta junio, no solo eso en el primer dia de la obra me rompieron una television led de 46 pulgadas y pasaba de llamar a su seguro (se podra reclamar en la denuncia?), nunca he tenido ningun problema y jamas le he debido un centavo a nadie, y nose ni que hacer, ni que decir al poner la denuncia, podeis ayudarme por favor, yo lo unico que se que dejaron a mi hijo de 11 meses en la calle, menos mal que estamos en casa de mis padres hasta el uno de agosto que vamos a otra vivienda
un saludo
David, me temo que tiene una situación poco favorable, según su descripción se marchó de la vivienda sin firmar un finiquito de contrato, por lo que su casero puede interpretar que el contrato continúa vigente y devengando alquileres.
ResponderEliminarPor otra parte debe saber que denunciar en su acepción jurídica más usada es poner de manifiesto ante la autoridad hechos que se consideren delito o falta. También significa romper unilateralmente un contrato o pacto. Lo que no significa aunque así se use en el lenguaje vulgar coloquial es poner una demanda. En su caso no veo motivo alguno de denuncia y sería dificil sustentar una demanda de incumplimiento.
Me rentaron un apartamento está lleno de garrapatas y la dueña tenía conocimiento que la que vivía anterior tenía como nueve perros y no nos lo informo nos enteramos por un vecino . Ella después que le informamos lo de las garrapatas envió a su esposo a fumigar pero la plaga siguió. Contratamos un fumigador y fumigamos con otros productos y la plaga sigue . No hemos podido mudarnos ; la dueña no cree que es motivó para no mudarnos y que el contrato no incluye fumigación . Yo creo que es su deber terminar con la plaga ya que estaba hay de un principio y no nos informo o entregarnos todo el dinero . Ayuda
ResponderEliminarAnonimo en la situacion que describe no hay mas remedio que recordar que en los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
ResponderEliminarHola yo vivo en un piso 3 años y familia con 2hijos un dia y nosotros dormidos el piso estaba ardiendo y casi a morirnos creo que era plr algun cable y el piso esta totalmente quemado que dechos puedo tener en eso.gracias
ResponderEliminarBuenos días. Comparto alquiler con un compañero de piso y llevamos en él desde el mes de junio. Estamos al corriente de todos los pagos que nos ha reclamado el arrendatario, siempre a expensas de que pase a cobrar cuando le venga en gana. Se nos presentan varios inconvenientes con él: el primero es que sólo tenemos recibo por el alquiler del primer mes más la fianza, llevamos los dos últimos meses reclamándole los recibos y no nos los trae y ahora que tenemos que pagar otro mes más queremos saber cómo debemos actuar. Además, el piso cuenta con un sistema de aire acondicionado, que figura como un elemento de la casa más, pero que no ha llegado a funcionar aún desde que hemos entrado a vivir, se lo hemos comunicado al arrendatario que nos ha enviado a dos electricistas que no han resuelto la avería. Además, según el contrato debemos abonar cada dos meses los gastos correspondientes de luz y de agua y aún no nos ha comunicado el coste de éstos. Mis dudas son, ¿qué podemos hacer acerca de los recibos? ¿Cómo podemos solucionar la avería del aire acondicionado? ¿debe abonarlo él? ¿podemos pedir compensación por no disfrutar de un servicio más de la casa? Y, ¿puede reclamarnos todos los gastos derivados de luz y agua de forma conjunta o existe un plazo para reclamarlo? Muchas gracias por su tiempo y su ayuda, y sigan al frente de este foro que resuelve tantas dudas. Un saludo.
ResponderEliminarAnonimo la cantidad y complejidad de sus consultas especie de este espacio destinado a comentarios, lo que si es importante decir es que nunca se debe pagar el alquiler en metálico sin exigir recibo a cambio, ténganlo preparado para el próximo pago, haciendo constar que no existen deudas pendientes por alquileres anteriores.
ResponderEliminarAnónimo en un incendio de una vivienda no de trata de 'creer' cual ha sido la causa, sino de que un experto dictamine para reclamar contra el responsable.
ResponderEliminarHola. Necesito ayuda. Estoy alquilada y en mi habitacion me ha salido una plaga. Llevp 2 semanas durmiendo en el sofa. Han venido a fumigar (unas horas solo de fumigacion) pero han vuelto a salir bichos y el propietario ya no me da ninguna splucion. A quien debo infoar? A la junta o al ayuntamiento? No se que hacer.
ResponderEliminarHola. Estoy alquilada en un piso y me ha salido una plaga en la habitacion. Llevo 2 semanas durmiendo en el sofa. Han venido a fumigar (solo unas horas) pero han vuelto a salir y el propietario no hace nada. A quien debo dirigirme? A la junta o al ayuntamiento? No se que hacer porque me dan largas y no puedo usar la habitacion.
ResponderEliminarAnonimo Vd. Tiene que partir del principio de que es el arrendador quien debe mantener la habitabilidad del inmueble arrendado.
ResponderEliminarHola!!! No tengo mucho dinero para hacer una llamada que me saldría un tanto costosa. Espero me conteste por este medio. Resulta que tengo casi dos años rentando un piso que desde que me lo entregaron para alquilarlo todo estaba en mal estado: las tuberías desprenden mal olor, los focos se funden constantemente quizás por un corto circuito, las puertas están en mal estado, incluso una de ellas está floja y con el uso se va a caer. otra es la del baño que se hincha por a humedad y es difícil abrirla. Al techo se le desprendió parte del enjarre porque está húmedo principalmente en temporal de lluvia, También el muro que divide mi lavabo en la cocina y mi lavadero en el exterior está húmedo y con salitre que lo ha hecho desgastarse al punto de que se hicieron hoyos debido al salitre. Mi servicio de gas me llamó la atención porque las instalaciones de gas están mal y genera fugas. desde que llegué el piso estaba despintado y ya hacía falta algunos cristales en puertas y ventanas. Las puertas tienen mal las chapas Qué me toca reparar a mi y que al propietario?????
ResponderEliminarHola. Necesito asesoria.
ResponderEliminarResulta que tengo casi dos años alquilando un pequeño inmueble. Desde que llegué la casa estaba en mal estado, aparentaba señales de poco mantenimiento, un tanto abandonada y vieja. Por cuestiones de prisa y necesidad tomé el alquiles. Pero en este tiempo el dueño no ha hecho nada para mantener el inmueble.
Los daños son notables e incómodos:
*El techo sufre de humedad en temporada de lluvias y por lo tanto el enjarre se agrietó y parte de el se ha desprendido. Tiene manchas y continuamente suelta polvo en toda mi sala.
*Los focos de luz constantemente se están fundiendo como si fuera por un corto circuito que no ha afectado a otro aparato.
*Hay dos puertas de madera improvisadas, una de ellas esta floja(ya intenté repararla) pero como ya estaba vencida se caerá debido al uso, y yo seré la culpable. Otra está en el baño y se humedece por lo que se hincha y dificulta abrirla. en la parte baja ya se le desprendieron laminitas de la madera
*La tubería del baño desprende malos olores porque no tiene una correcta instalación de drenaje.
*En una puerta y una ventana faltan algunos cristales.
*La pintura de muros y suelo esta deteriorada.
*El muro que divide a mi cocina del área de lavado está húmedo, tiene hoyos debido al salitre y a su desgaste por la misma humedad.Revisé el área y ahí se encuentra el desagüe del lavabo y del lavadero, se debe a que no están correctamente instalados.
*había un lavadero viejo y quebrado a punto de caerse y pedi lo reemplazaran. lo hicieron e instalaron un lavadero muy pequeñito para no gastar en presupuesto.
*Mi servicio de gas me llamó la atención porque las instalaciones de gas están mal conectadas y hay pequeñas fugas que también he intentado reparar pero sigue la fuga. Repito, desde que llegue los daños ya estaban, no son causados por el uso de mi estancia.
Al momento de pedir mantenimiento y reparar lo anterior, qué debe pagar el propietario y qué debo pagar yo???? Le agradecería su repuesta.
BE MOLINDA.R: Solamente se me ocurre subrayarle que en los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
ResponderEliminarPor otra parte le reitero el punto III del Decalogo del Inquilino que puede ver en este mismo blog: Antes de recibir las llaves examina con detalle el estado de la vivienda y comprueba el funcionamiento de las instalaciones y aparatos. Evitarás controversias posteriores.
hola mi caso es el siguiente soy de málaga y tuve un piso alquilado durante cinco años cuando dije que me marchaba el día 1/10/2012 saque mis cosas llame al abogado de la empresa le dije que me marchaba.el día 3/10/2012 ya tenia otro piso alquilado. el abogado queda conmigo en el piso el día 10/10/2012 para la entrega de llaves acudo a la cita,el abogado comprueba el inmueble firmamos un documento de entrega de llaves y no se adjunta nada a es documento ni desperfectos ni nada. aquí empieza lo bueno he recibido del jugado la denuncia de la aseguradora zurich del piso exigiéndome el pago de 4.790€ por desperfectos por causa de una inundación por dejar el grifo abierto también indican que nosotros llamamos indicando el siniestro el día 01/10/2012 (mentira jamas e llamado)en el informe pericial viene los siguiente datos fecha de encargo
ResponderEliminar12/11/2012 fecha de cierre 4/125/2012 fecha de siniestro 01/10/2012 fecha primera visita 15/11/2012 fecha peritación 12/11/2012 y fecha de contacto
12/11/2012 no viene fecha de apertura =(el día que llamamos)también indica que el que los operarios de confianza del asegurado ya habían comenzado con los trabajos de de reparación en el riesgo que el agua asciende por capilaridad(vamos que mucha agua)presentan daños a 6 puertas de paso puerta principal blindad y pintura todo con fotos sin fechas ni siquiera un métrica. no presentan daños al vecino de abajo (que me extraña que con tanta agua no los hubiera).alguien me dijo que en el código civil dice que con el documento firmado de entrega de llaves,y que el abogado de la empresa no indica los daños (porque no había cundo reviso el piso)ya no me pueden inculpar a mi. Alguien por favor sabe donde puedo conseguir el párrafo o articulo? y alguien me puede dar algún consejo tengo abogado de oficio pero no me parece muy bueno para este caso a lo mejor no lleva cosas civiles
Anonimo no puede pretender seriamente que yo le indique la forma de oponerse a la demanda judicial de una compañía de seguros con base en los datos que relata. Lo que no entiendo es que pida un abogado de oficio y luego no se fíe de su competencia profesional.
ResponderEliminarhola buenos dias
ResponderEliminarmi madre lleva mas de 50 años en la casa y le ha hecho todo con consentimiento de los dueños ,ventanas,calefaccion,cocina ,baño etc resulta que hay humedades y despues de inistir 6 meses han procedido a sanear la pared y se la han dejado sin pintar diciendo que ni el enchufe ni la pintura se lo van a hacer,que lo tiene que hacer ella.....es una casa de mas de 200 años perteneciente toda a una familia
Iñaki Landa conforme a la ley parece que deberían terminarle la obra de reparación, sin embargo si se niegan no le queda otra vía que la judicial
ResponderEliminarBuenas tardes,
ResponderEliminarLa casa en la que vivo como alquilada ha sufrido algunos desperfectos a causa de un incendio.
El foco se produjo en la habitacion. En un primer momento nos dijeron que lo mas probable es que una lampara se quedara encendida y esta hizo un corto, algo se cayo sobre la cama y fue consumiendo poco a poco el edredón y colchon. La policia y bomberos dijeron que fue una combustion lenta, sin llama.
Los daños han sido pocos a parte de la cama, cabecero, dos cristales rajados... y todo lo demas olor y manchas producidas por el humo.
La dueña no tiene seguro del hogar y acordamos que ella se haria cargo de los daños salvo de la limpieza que lo pagariamos a medias.
Tras llegar al acuerdo procedimos a quitar el somier, la lampara...y tirar los desperfectos para que la empresa de limpieza pudiera operar lo antes posible.
Hoy he recibido una llamada de la aseguradora de la comunidad a la que la dueña llamo por si le cubria algo. Me comentan que tienen la lampara que la dueña recigio de la basura y dice que esta bien que la causa tuvo que ser otra. La cosa es que en esa habitacion solo estaba enchufado un reloj despertador y no tenemos mi idea de que pudo pasar.
Todo esta limpio ya han empezado a limpiar...y el del seguro dice que me pueden imputar a mi los desperfectos y que siguen averiguando además de preguntarme si fumabamos. Rotundamente le he contestado que si eramos fumadores pero en ese cuarto jamas entro un cigarrillo.
Voy a tener que pagar yo lo daños ocasionados como inquilina?
Mi pareja quiere denunciar a la propietaria por no tener seguro y porwue hay muchas cosas
Inservibles que teniamos en el piso, no tenemos otra vivienda en la wue estar hasta wue todo este arreglado...
Gracias de antemano
Anonimo, contesto a su pregunta
ResponderEliminarVoy a tener que pagar yo lo daños ocasionados como inquilina?
La realidad es que si no demuestra que el incendio se ha producido por causas ajenas a su voluntad o a su falta de previsión o diligencia, le tocará pagar esos daños.
El seguro de hogar no es obligatorio, es mas que recomendable yo incluso diría para el inquilino mas que para el casero.
llevo 2 años arrendando un departamento, y hace poco me di cuenta que la ceramica de la pared del baño se despegó de su base y esta que se viene abajo, ultimamente han habido pequeños sismos en santiago. quien es el responzable del arreglo, la inmoviliaria(arrendador) o yo (arrendatario). he informado este asunto a la inmoviliaria. gracias
ResponderEliminarAnónimo en su caso depependerá de arreglar eso puede considerarse pequeña reparación en cuyo caso de corresponde sufragarla a vd o no, en cuyo caso le corresponde al casero.
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarme gustaría conocer su opinión;
es casi 1 ano que estoy viviendo en este piso. Desde hace ya 8 meses, he pedido a los propietarios que arreglen unas paredes de piedra antigua que hay en el piso.No han hecho bien las obras de las paredes antes que yo entrase en el piso,las paredes de piedra estas sin barniz se cae mucha tierra, polvo y es muy feo estéticamente y no me gusta el hecho de tener que vivir con esto. Ademas que están saliendo cosas rara de esas paredes, como polvo blanco. Hace 8 mese que estoy pidiendo a los duenos que lo arreglen, cada vez dicen si, mandan a un profesional para ver, luego no vuelven a llamar, yo desesperada y harta pues no llamo mas. Este ano he pedido otra vez, y me dijeron que si lo iban a hacer pero que sus obreros estaban ocupados, ya han pasado 3 semana! no se que mas hacer estoy harta. no es posible y me da la sensación que están jugando conmigo. No quiero mudarme, pero quería saber si puedo demandarlos, o hacer algo legal para que arreglaran ya estas paredes. Me hice un seguro de piso por si a caso porque no tengo confianza en ellos y son personas poco serias. Estoy pensando en ir a un abogado. Que puedo hacer? Gracias
Anonimo: Está describiendo una situación preexistente y supongo que admitida por vd en el porpio contrato, en donde es posible que haya una clausula que manifieste que ha examinado la vivienda encontrándola de su conformidad.
ResponderEliminarPor lo tanto cabe recordar que en los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador
Buenas tardes,
ResponderEliminarEste es mi problema. Terminamos nuestro contrato de alquiler e hicimos la entrega de llaves. También dimos de baja los suministros,, siendo nosotros los titulares, previa consulta con el casero (a la que no respondió).
Ahora nos contacta y nos dice que la caldera no funciona despues de más de un mes apagada y que no funcionan las llaves del agua, habiendo siendo ellos quienes voluntariamente limpiaron el piso.
Nos dice que las reparaciones de la caldera corren de nuestra cuenta.
La cuestión es que la caldera tiene 10 años, y nosotros entramos a vivir hace 2 y nada más entrar (1 mes después)ya tuvo que ser reparada por primera vez. El operario del gas comentó la conveniencia de que fuera cambiada debido a que ya era vieja y el casero se negó y solo permitió que una "chapucilla" fuera echa para no pagar una caldera nueva.
Sospecho que lo que busca es un modo de no devolvernos la fianza. Cómo debemos proceder en este caso??
Gracias
Anónimo si tiene como es recomendable un documento de finiquito de contrato o puede acreditar que la entrega de llaves se llevo a cabo sin objeciones hace mas de un mes debería reclamar la devolucion de la fianza con intereses de demora inmediatamente
ResponderEliminarSoy inquilina,entraron a robar mientras yo no estaba el fin de semana y rompieron y quemaron todas mis pertenencias ,tv,equipos audio,mesas,sillones,cama,ropa,etc, osea me quedé con lo puesto,al llegar a la casa que alquilo, obvio no se puede habitar, los bomberos rompieron las puertas para entrar,vidrios de las ventanas,y todo el moviliario esta lleno de ollin,cual es mi responsabilidad como inquilina, esto fué por causa ajena,entraron robaron usurparon mi casa alquilada y la arruinaron , no puedo vivir mas ahí, como tengo que devolver la propiedad,el contrato vence en 2 meses , gracias
ResponderEliminarHola, Pedro este es mi caso
ResponderEliminarRentamos una casa por medio de un contrato a 1 año y firmanos los 12 pagarés , todo bien pero ya pasaron 2 meses y no nos an dado el control del aire y no quieren hacerle mantenimiento y siempre nos dan largas hasta que mos dijeron que no lo aran y el control es hora que no nos lo han dado que se puede hacer en este caso. Y tambien si quisieramos cancelar el contrato ?
Anónima, tal como lo describe intuyo que no estaba asegurada por lo tanto deberá responder ante su casera de os daños sufridos por el inmueble.
ResponderEliminarJesús Quintero no entiendo bien lo de los pagares, salvo que se trate de un alquiler fuera de España, de todos modos para dar por terminando un contrato antes de su vencimiento tendría que acudir al Juzgado invocando las razones que sea pertinentes
ResponderEliminarHola don Pedro mi nombre es Javier, actualmente vivo en una vivienda de alquiler, mi problema es el siguiente. En unos de los radiadores de la habitación a perdido agua tirándola y formando un charco por el suelo debido a que las tuercas estaban flojas, dicho charco me a mojado un mueble mío, mi pregunta es , si el arrendador debe correr con la reparación o sustitución parcial de dicho mueble, debido a que fue a mi entender problema de la instalación de su vivienda? Gracias y un saludo
ResponderEliminarJavier el problema consiste en que no es Vd. quien a su entender decide de donde proviene la avería, sino un técnico que determine la responsabilidad si es por mal uso de su parte o defectos o falta de mantenimiento imputable al dueño
ResponderEliminarEn la antigua vivienda donde habita el aire acondicionado de la habitación se averió por una tormenta eléctrica de la cual cayo una centella cerca dañándole la tarjeta de enfriamiento, este articulo no estaba funcionando cuando sucedió el hecho.. Aun así lo mande a reparar pero no se pudo conseguir dicha tarjeta, dejandole solo al técnico la opción de dejarlo que encendiera directo osea conectado. Pero la dueña no lo quiere así, que debo hacer en ese caso me corresponde a mi su arreglo o le corresponde a la dueña. También quisiera saber si a mi como arrendataria me corresponde todo el arreglo del apartamento incluyendo pintar interna y externamente, pintar las puertas(habitaciones, baño, principal, closets y puertas de la alacena de la cocina), cambiarle la bomba del sanitario, reponer todas las bombillas que también se quemaron con la tormenta y pintarle los protectores de las ventanas, de la puerta y la baranda del Balcón. Espero su respuesta gracias me urge saber que es lo que me corresponde.
ResponderEliminarBUENAS NOCHES
ResponderEliminarEn la antigua vivienda donde habita el aire acondicionado de la habitación se averió por una tormenta eléctrica de la cual cayo una centella cerca dañándole la tarjeta de enfriamiento, este articulo no estaba funcionando cuando sucedió el hecho.. Aun así lo mande a reparar pero no se pudo conseguir dicha tarjeta, dejandole solo al técnico la opción de dejarlo que encendiera directo osea conectado. Pero la dueña no lo quiere así, que debo hacer en ese caso me corresponde a mi su arreglo o le corresponde a la dueña. También quisiera saber si a mi como arrendataria me corresponde todo el arreglo del apartamento incluyendo pintar interna y externamente, pintar las puertas(habitaciones, baño, principal, closets y puertas de la alacena de la cocina), cambiarle la bomba del sanitario, reponer todas las bombillas que también se quemaron con la tormenta y pintarle los protectores de las ventanas, de la puerta y la baranda del Balcón. Espero su respuesta gracias me urge saber que es lo que me corresponde.
Anónimo, seria una temeridad por mi parte pronunciarme con los solos datos que me facilita, sin ver el contarto ni el,estado de la vivienda, con esa información solo puedo recordarle que a Vd. le corresponde pagar las pequeñas reparaciones y los daños causados por mal uso.
ResponderEliminarBuenas, somos un grupo de estudiantes que hemos vivido durante este curso en un piso de alquiler. Nuestro problema es que hemos causado algún desperfecto en el barniz de la mesa del comedor. Hemos contactado con un profesional que ha venido a ver la mesa y nos ha dicho que el arreglo nos costará unos 75€, ya que solo se trata de lijar y barnizar, así que nos pareció una buena idea que hiciera el trabajo este señor. Al contactar con la propietaria para explicárselo, nos respondió que no estaba de acuerdo con esta manera de restaurar la mesa, pues ella pretende enviarla a un anticuario y hacer una restauración a mano y con otro tipo de productos (que por cierto el carpintero nos comentó que están obsoletos) que, según nos ha dicho, cuesta entre 200 y 400 euros. ¿Qué debemos hacer? Estamos de acuerdo con hacernos cargo del coste de la reparación de la mesa, pues se trata de un desperfecto por negligecia pero, ¿hasta qué punto tiene la propietaria poder para elegir cómo y quién debe hacer el arreglo? Muchas gracias.
ResponderEliminarC.V.
Bruno la respuesta a esa pregunta solamente la puede dar un Juez y desde luego la cuantía sea de 75, 200 o 400€ hace desaconsejable ese pleito
ResponderEliminartengo un piso alquilado y mi inquilino no para de pedirme que le repare cosas, lo ultimo fue la campana extractora y un mueble de la cocina a finales de 2013 ahora quiere que le repare la cisterna del WC por que le ha empezado a perder mucha agua, y una persiana que ha dejado de funcionar, ¿estoy obligado a este tipo de reparaciones?
ResponderEliminartengo un piso alquilado y mi inquilino no para de pedirme que le repare cosas, lo ultimo fue la campana extractora y un mueble de la cocina a finales de 2013 ahora quiere que le repare la cisterna del WC por que le ha empezado a perder mucha agua, y una persiana que ha dejado de funcionar, ¿estoy obligado a este tipo de reparaciones?
ResponderEliminarAnónimo, debería recordar vd y recordarle a su inquilino que : Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.
ResponderEliminarque hago, le arrende a una persona mi bien inmueble y en ese tiempo hurto energia, pero me la cobran a mi el se fue en que ley me puedo basar
ResponderEliminarHola, mi problema es el siguiente. El vecino de arriba esta realizando unas obras. El lunes pasado entre en la vivienda que intento alquilar y toda la pared del salón y el techo del baño estaban llenos de agua. Subí rápidamente y los trabajadores me dijeron que eso era por culpa del dueño que había abierto la llave de paso que ellos habían dejado cerrada el viernes, que es la ultima vez que yo también estuve en la vivienda. El jefe de obra (o cargo similar) bajo conmigo y me dijo que ellos se encargarían de pintarme de nuevo la pared y de arreglarme el techo del baño cuando la humedad se secara. El caso es que durante todos estos días no puedo enseñar la vivienda a posibles inquilinos con el perjuicio correspondiente. Aparte de por supuesto la reparación de todos los desperfectos que me han causado, ¿Tengo derecho a algún tipo de compensación económica por todo este tiempo y hasta que me lo hayan reparado? Se me ocurre el símil de un taxista que va camino de la parada a recoger a posibles clientes y otro vehículo choca con el y le estropea tu taxi. Ya sea el otro conductor o su seguro se harán cargo de la reparación, pero durante todo ese tiempo el no puedo trabajar y esta perdiendo dinero. Bueno, esta es mi pregunta. Muchas gracias por anticipado.
ResponderEliminarHola, mi problema es el siguiente. El vecino de arriba esta realizando unas obras. El lunes pasado entre en la vivienda que intento alquilar y toda la pared del salón y el techo del baño estaban llenos de agua. Subí rápidamente y los trabajadores me dijeron que eso era por culpa del dueño que había abierto la llave de paso que ellos habían dejado cerrada el viernes, que es la ultima vez que yo también estuve en la vivienda. El jefe de obra (o cargo similar) bajo conmigo y me dijo que ellos se encargarían de pintarme de nuevo la pared y de arreglarme el techo del baño cuando la humedad se secara. El caso es que durante todos estos días no puedo enseñar la vivienda a posibles inquilinos con el perjuicio correspondiente. Aparte de por supuesto la reparación de todos los desperfectos que me han causado, ¿Tengo derecho a algún tipo de compensación económica por todo este tiempo y hasta que me lo hayan reparado? Se me ocurre el símil de un taxista que va camino de la parada a recoger a posibles clientes y otro vehículo choca con el y le estropea tu taxi. Ya sea el otro conductor o su seguro se harán cargo de la reparación, pero durante todo ese tiempo el no puedo trabajar y esta perdiendo dinero. Bueno, esta es mi pregunta. Muchas gracias por anticipado.
ResponderEliminarAnónimo tiene derecho a ser indemnizado por los daños sufridos, reparación de las averías, daño emergente, y por lo perjuicios ocasionados, expectativas de ganancia dejadas de percibir, lucro cesante.
ResponderEliminarPara ello deberá evaluar lo segundo, lo cual no es fácil porque si el responsable no admite esa valoración deberá acreditarla ante el Juez.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
Hola, llevo viviendo en el piso unos 3 años. Tengo calefacción eléctrica. Hemos comentado a la dueña muchas veces que el piso está muy frio en el invierno y muy caliente en el verano. Me puso doble ventana en mi habitación y doble puerta en el salón, pero esto no ayuda. Simplemente el piso no tiene el aislamiento adecuado. Ahora la casera quiere ponernos gas natural, pero nosotros no estamos de acuerdo, porque esto supone una gran obra debido que no tenemos nada de gas en el piso, todo es eléctrico, además se trata de un dúplex. Nosotros estamos seguros que con el gas calentaremos el piso, pero a un precio más elevado de lo que nos cuesta con luz y además el gas no nos resuelve el problema con el calor que sufrimos en verano (en la habitación de mi hija hay unos 31-32ºy fuera unos 29-30º y eso ahora en junio, luego en julio y agosto la temperatura es de unos 38ºo más). Mi pregunta es ¿Qué podemos hacer? ¿Nos podemos negar? Muchas gracias.
ResponderEliminarUn saludo
Buenas noches llevo 6 meses de alkiler y la cocina tiene casi treinta años ke no se desmonta en los muebles de la parte de abajo ace un mes encontre cagaditas y puse una percha hoy e cazado un ratoncito se lo e comen tado al dueño y me ha dicho ke el tema de desrratizar es cosa mia alguien me puede decir si eso es asin gracias
ResponderEliminarAnónimo se puede decir que si se trata de una plaga le corresponde al dueño su extinción si se trata de algo ocasional a Vd.
ResponderEliminarTengo una pregunta,
ResponderEliminarvivo en un piso arrendato desde un mes y medio, el piso parecia en buen estado pero resulta que el aire acondicionado no funciona. Es un mes que avise el dueno y el llamo a los tecnicos y se hace cargo de los gastos. Todavia los tecnicos no han conseguido arreglarlo.
Total es un mes que no tengo aire acondicionado y nunca pude usarlo.
En la espera que lo arreglen, quiero comprar un aire acondicionado portatil (250-300 euros). Puedo pedir que sea el dueno a pagar por el aparado portatil o es un gasto mio en calidad de arrendatario? O puedo pedir que me baje la renta hasta que se arregle?
Muchas gracias.
Tengo una pregunta,
ResponderEliminarvivo en un piso arrendato desde un mes y medio, el piso parecia en buen estado pero resulta que el aire acondicionado no funciona. Es un mes que avise el dueno y el llamo a los tecnicos y se hace cargo de los gastos. Todavia los tecnicos no han conseguido arreglarlo.
Total es un mes que no tengo aire acondicionado y nunca pude usarlo.
En la espera que lo arreglen, quiero comprar un aire acondicionado portatil (250-300 euros). Puedo pedir que sea el dueno a pagar por el aparado portatil o es un gasto mio en calidad de arrendatario? O puedo pedir que me baje la renta hasta que se arregle?
Muchas gracias.
Mauro debería haber comprobado el funcionamiento de todos los utensilios de la casa, ahora salvo que llegue a un acuerdo con el casero solo le queda esperar y sufragar ese aparato de sustitución
ResponderEliminarHola Pedro, estoy de alquiler desde hace 2 años en un piso de 9 años de antigüedad, voy con retraso en los pagos de alquiler ( 2 meses). Recientemente se desplomo las estanterías de la cocina (menudo susto) llame a mi casero para su reparación y contesto que corría a cuenta mía, ya que seguramente había puesto mucho peso. Mi pregunta es: Quien debe de responsabilizarse de esta reparación ?Y si no existe seguro alguno?
ResponderEliminarMuchas gracias y enhorabuena por el blog
Miguel hay que determinar las causas de ese accidente, si no son imputables a Vd la reparación corresponde al casero salvo que la cuantía sea pequeña, circa 150€.
ResponderEliminarSin embargo el encontrarse en morosidad en el alquiler no le beneficia en nada
si alquilo un inmueble que ha sido entregado en buen estado y se daña las llaves de los grifos o el sanitario a los 5 meses quien debe pagar esto yo como arrendatario o el dueño
ResponderEliminargracias
Anónimo le corresponderá al inquilino si el importe de a reparación es pequeño, 150€+|-, o si el daño ha sido debido a un uso incorrecto.
ResponderEliminarPara ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Buenos dias: Yo tenia en propiedad una vivienda , la cual prtenece al banco desde febrero del año pasado . El propieterio de la vivienda inferior m reclama que pague el arreglo de la fachada que segun dice es por culpa de mi vivienda y de anterior a esa fecha , pero la denuncia es d un mes antes de que se la quedara el banco . mi pregunta es : tengo la obliacion de pagar dicha deuda? muchas gracias
ResponderEliminarAnónimo, si le han puesto una demanda judicial lo que le interesa es que un abogado la estudie y laconteste, si no lo hace así le tocará pagar. Sin conocer los argumentos de esa reclamación sería una temeridad por mi parte conntestar otra cosa
ResponderEliminarBuenas tardes,
ResponderEliminarLlevo menos de tres mese en un Local-Vivienda en uso de vivienda, en el que me han ocurrido una serie de catástrofes.
La ultima romperse la cerradura con imposibilidad de cerrar o abrir la puerta que aún no me han arreglado después de dos semanas, me encierro con la persiana como si estuviera en un parking, a parte de eso, ese mismo dia se produjo una inundación debido a una imperfección de la vivienda, ya que está con los acabados de muy mala manera, la han reformado pero de manera muy rápida por lo que se ve, Esta inundación me produjo daños en mucha ropa que quedó inutilizable. Tiene la propiedad algún deber si la inundación fue porque la vivienda no está en condiciones? Muchas gracias
Lorena la responsabilidad del casero por los daños sufridos por Vd. le corresponde a Vd. demostrarla, no puede basarse en su apreciación unilateral, lo mismo cabe decir de la reparación de la puerta.
ResponderEliminarPara ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
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