Recibo con notable satisfacción la noticia de que el
Gobierno (Fomento) tiene previsto introducir en el proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos la creación de un Registro
de Inquilinos morosos, aunque solo sea por la vanidad de haberlo señalado hace más
de dos años, en
este blog, como uno de los medios para fomentar el alquiler, dando mayor
seguridad a los arrendadores del cobro de sus alquileres.
La idea, a falta de aparecer en el BOE y según los medios, es que en ese Registro se incluirían los
inquilinos que hubieran sido condenados por laudo arbitral o sentencia firme en
juicio de desahucio por falta de pago, y que dicha inclusión tendría un carácter
temporal, cancelándose de oficio al cumplir seis años, es de esperar que esa
cancelación solamente se producirá si el interesado no reincide en el impago de
alquileres.
No comparto el criterio de que dicho registro entre en
colisión con la Ley de Protección de Datos Personales, todo dependerá del
procedimiento que se arbitre para la utilización de los datos contenidos en el
mismo. Es evidente que no pueden estar al alcance de cualquiera, ni ser objeto
de difusión, debiendo gozar de especial protección, hoy que se puede difundir a través de las
redes sociales todo tipo de información sea verdadera o falaz.
Me permito establecer un paralelismo con un Registro de análogas
características que lleva en funcionamiento muchos años me refiero al Registro Central de
Penados del Ministerio de Justicia.
En él se inscriben las
resoluciones firmes por la comisión de un delito o falta que impongan penas o
medidas de seguridad, dictadas por los Juzgados o Tribunales del orden
jurisdiccional penal.
Solamente tienen acceso a esos datos los órganos judiciales,
el Ministerio Fiscal, policía judicial, y en determinados casos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Sin embargo los interesados acreditando su identidad,
tendrán derecho a solicitar el acceso, mediante exhibición, únicamente a los
datos relativos a su persona.
En este punto es donde sería útil a los arrendadores el
Registro de Inquilinos Morosos, exigiendo a quien aspira a alquilar su vivienda
un Certificado de ese Registro para acreditar su seriedad y solvencia económica.
Sin duda lo votaría como ministro de vivienda, todo lo que escribe y opina me parece muy sensato. Gracias por compartir su sabiduria.
ResponderEliminarLástima que en España sólo se puedan votar listas cerradas.
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