martes, 15 de marzo de 2016

Diccionario Jurídico de Propiedad Horizontal - Acción de cesación



Es el derecho que compete al Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, para demandar judicialmente a quien realice en un piso o local, en régimen de propiedad horizontal, actividades  molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, ilícitas o prohibidas en los Estatutos, con el objetivo de que el juez ordene la cesación inmediata de la actividad prohibida.


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