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lunes, 26 de enero de 2009

Diccionario Jurídico del Alquiler - Beneficio de Excusión

Beneficio de excusión: (Civil) Derecho o beneficio de los fiadores para no ser compelidos, por regla general, al pago mientras tenga bienes suficientes el obligado principal o preferentemente.
Artículo 1.830 del Código Civil

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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola,

tengo una pregunta para usted. El dueño de mi piso como cada año me sube el alquier tenendo en cuenta el IPC (esta año sera del 1,4%).
A parte de eso, el dueño no tendria tambien que actualizar los datos del catastro, osea mi pregunta es: a mi me sube el alquiler y el sigue siempre pagando los mismos impuestos del alquiler que estaba pagando hace 2 años.

Giorgio
giorgiogea@hotmail.it

Gracias

Pedro Hernández Olmo dijo...

El impuesto que paga o debe epagar por el alquiler (IRPF) se actualiza cada año, en razón a sus ingresos por todos los conceptos