miércoles, 28 de enero de 2009

Diccionario Jurídico del Alquiler - Convenio arbitral

Convenio arbitral: (Procesal) Es el acuerdo entre las partes en virtud del cual someten a la decisión de uno o varios árbitros las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir, en materias de su libre disposición conforme a derecho.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Consignación de pago

Consignación de pago: (Civil) Es la forma de pago consistente en poner a disposición del acreedor la cosa adeudada, cuyo pago ha sido previamente ofrecido.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Consentimiento

Consentimiento: (Civil) Conformidad de voluntades entre los contratantes, o sea entre la oferta y su aceptación, que es el principal requisito de los contratos.

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martes, 27 de enero de 2009

Diccionario Jurídico del Alquiler: Comunidad de propietarios

Comunidad de propietarios: (Civil) Está constitudo por el conjunto de titulares de la propiedad especial denominada propiedad horizontal sobre los diferentes pisos o locales de un edificio ó las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada, que llevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores: el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquéllos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.

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Diccionario Jurídico del Alquiler: Comunidad de bienes

Comunidad de bienes: (Civil) Situación legal que se produce cuando un derecho o conjunto de derechos están atribuidos a una pluralidad de sujetos, correspondiéndoles en común. Su régimen de administración está constituido por el sistema de mayoría real de participaciones, con el subsidiario de recurso judicial.

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Diccionario Jurídico del Alquiler: Coacciones

Coacciones: (Penal) Comete este delito el que sin estar legítimamente autorizado impidiere a otro con violencia hacer lo que la Ley no prohibe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Cláusulas ambiguas

Cláusulas ambiguas: (Civil) Son las que admiten varios sentidos y deben interpretarse en el más adecuado para que produzcan efecto y se tendrán en cuenta el uso o la costumbre del país para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse, teniendo además en cuenta que la interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que hubiere ocasionado la oscuridad.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Cláusulas abusivas

Cláusulas abusivas: (Civil) Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente que en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

Sin embargo, los pactos referidos a las cláusulas penales por incumplimiento por la parte arrendataria de las obligaciones a su cargo, o a los gastos e impuestos a cargo de la arrendataria, se encuentran todas ellas dentro de los límites de la autonomía de la voluntad y de la libertad contractual, de conformidad con la norma del artículo 1255 del Código Civil, por no ser las cláusulas pactadas contrarias a las leyes, la moral, ni al orden público, estando por el contrario legalmente prevista la posibilidad de pactar cláusulas penales, actuando la pena en sustitución, o acumulada, a la indemnización de daños y perjuicios, en caso de falta de cumplimiento, en el artículo 1152 del Código Civil, estando igualmente previsto en los artículos 20 y concordantes de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que las partes puedan pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas, y responsabilidades sean a cargo del arrendatario.

Por el contrario las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes que se derivan del contrato, y se señalan como requisitos a seguir en las condiciones o estipulaciones generales, la concreción, claridad y sencillez en la redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Cesión del contrato

Cesión del Contrato: (Civil) Esta figura jurídica, que puede hacerse en contra de la voluntad del deudor, salvo pacto en contrario, permite que una persona "cesionario" use el derecho de otra "cedente", ocupando su posición acreedora.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Caso fortuito

Caso fortuito: (Civil) Hecho no imputable a la voluntad del obligado, que impide y excusa el cumplimiento de obligaciones.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Carga de la Prueba

Carga de la prueba: (Procesal) Incumbe la prueba de las obligaciones al que reclama su cumplimiento, y la de su extinción al que la opone.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Capacidad contractual

Capacidad contractual: Civil) La aptitud para prestar el consentimiento en los contratos, derivada de la capacidad jurídica que se adquiere con el nacimiento.

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lunes, 26 de enero de 2009

Diccionario Jurídico del Alquiler - Actualización de la renta

Actualización de la renta: Es la facultad del arrendador o arrendatario, durante los primeros cinco años de duración del contrato en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, de adecuar la renta del aplicando a la correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
Artículo 18 Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Caducidad

Caducidad: (Civil) Es la desaparición de un derecho por el mero paso del tiempo.

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Diccionario Jurídico del Alquiler - Buena fe

Buena fe: (Civil) La buena fe es contraria al fraude y al dolo; "fides bona contraria est fraudi et dolo" Paulo; La buena fe se presume siempre, si no se prueba la existencia de la mala; "Bona fides semper praesumitur, nisi mala adesse probatur" Dino.

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