jueves, 25 de febrero de 2016

Diccionario Jurídico de Propiedad Horizontal - Segunda convocatoria



Nueva reunión de la junta, sin sujeción a quórum, como consecuencia de no haber concurrido en primera convocatoria la mayoría de los propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación.


Si estuviese previsto en la citación se celebrará transcurrido media hora desde la primera. 

En su defecto, será nuevamente convocada, dentro de los ocho días naturales siguientes a la Junta no celebrada, cursándose en este caso las citaciones con una antelación mínima de tres días.


Ley de Propiedad Horizontal  Artículo 16


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