Procedimiento judicial sumario para reclamar una deuda dineraria
líquida, vencida y exigible.
Para utilizar este procedimiento en el
ámbito de la propiedad horizontal es precisa la previa certificación del acuerdo de la
Junta aprobando la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios por
quien actúe como secretario de la misma, con el visto bueno del presidente,
siempre que tal acuerdo haya sido notificado a los propietarios afectados.
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