Conjunto de reglas de constitución y ejercicio del derecho y
disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio,
sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos,
administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un
estatuto privativo, incorporado al Titulo constitutivo, que no perjudicará a terceros si no ha sido
inscrito en el Registro de la Propiedad.
Ley de Propiedad
Horizontal: Artículo 5
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