jueves, 25 de febrero de 2016

Diccionario Jurídico de Propiedad Horizontal - Junta universal de propietarios


Es el órgano de gobierno de la Comunidad, constituido por todos los copropietarios reunidos en asamblea que decidan constituirse en Junta, aún sin haber sido convocados por el Presidente.


Ley de Propiedad Horizontal: Artículo 16


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